Artículo 75 del Código Penal peruano (duración de la internación) + jurisprudencia
Artículo 75.- La duración de la medida de internación no podrá exceder el tiempo de duración de la pena privativa de libertad que hubiera correspondido aplicarse por el delito cometido. Sin perjuicio de que el Juez lo solicite cada seis meses, la autoridad del centro...
Artículo 74 del Código Penal peruano (internación) + jurisprudencia
Artículo 74.- La internación consiste en el ingreso y tratamiento del inimputable en un centro hospitalario especializado u otro establecimiento adecuado, con fines terapéuticos o de custodia. Sólo podrá disponerse la internación cuando concurra el peligro de que el...
Artículo 73 del Código Penal peruano (proporcionalidad en las medidas de seguridad) + jurisprudencia
Artículo 73.- Las medidas de seguridad deben ser proporcionales con la peligrosidad delictual del agente, la gravedad del hecho cometido y los que probablemente cometiera si no fuese tratado. Modificaciones: Este artículo no ha sido modificado desde su publicación en...
Artículo 72 del Código Penal (requisitos para la aplicación de medidas de seguridad) + jurisprudencia
Artículo 72.- Las medidas de seguridad se aplicarán en concurrencia con las circunstancias siguientes: 1. Que el agente haya realizado un hecho previsto como delito; y 2. Que del hecho y de la personalidad del agente pueda deducirse un pronóstico de comportamiento...

