


Artículo 63 del Código Penal peruano (efectos de la reserva de fallo condenatorio)
Artículo 63.- Efectos de la Reserva de Fallo Condenatorio El Juez al disponer la reserva del fallo condenatorio, se abstendrá de dictar la parte resolutiva de la sentencia, sin perjuicio de fijar las responsabilidades civiles que procedan. La reserva de fallo se...
Alegato de apertura y alegato de clausura: características generales y específicas
Cómo citar: Angulo Arana, Pedro Miguel. Claves de la litigación oral en el proceso penal. Alegatos e interrogatorio. Lima: Gaceta Jurídica, 2017, pp. 323-329. Los alegatos La palabra alegato proviene del latín allegatus, que se ha referido tradicionalmente al escrito...Sobre la evolución histórica de la moderna teoría del delito
Cómo citar: Claus Roxin. Derecho Penal. Parte General Tomo I, fundamentos. La estructura de la teoría del delito. Madrid: Editorial Civitas, 1997, 196-203. Sobre la evolución histórica de la moderna teoría del delito 1. El descubrimiento de los conceptos fundamentales...
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