Artículo 125 de la Constitución Política del Perú (atribuciones del Consejo de Ministros)
Artículo 125.- Son atribuciones del Consejo de Ministros: 1. Aprobar los proyectos de ley que el Presidente de la República somete al Congreso. 2. Aprobar los decretos legislativos y los decretos de urgencia que dicta el Presidente de la República, así como los...
Artículo 124 de la Constitución Política del Perú (requisitos para ser ministro)
Artículo 124.- Para ser Ministro de Estado, se requiere ser peruano por nacimiento, ciudadano en ejercicio y haber cumplido veinticinco años de edad. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional pueden ser ministros. Modificaciones: Este artículo no ha...
Artículo 123 de la Constitución Política del Perú (atribuciones del presidente del Consejo de Ministros y demás ministros)
Artículo 123.- Al Presidente del Consejo de Ministros, quien puede ser ministro sin cartera, le corresponde: 1. Ser, después del Presidente de la República, el portavoz autorizado del gobierno. 2. Coordinar las funciones de los demás ministros. 3. Refrendar los...
Artículo 122 de la Constitución Política del Perú (nombramiento y remoción del presidente del Consejo de Ministros y otros ministros)
Artículo 122.- El Presidente de la República nombra y remueve al Presidente del Consejo. Nombra y remueve a los demás ministros, a propuesta y con acuerdo, respectivamente, del Presidente del Consejo. Modificaciones: Este artículo no ha sido modificado desde su...

