por Aaron Maguiña Juris.pe | Oct 2, 2023 | Abogados, Artículos, Artículos, Constitucional, Cursos, Estudiantes, Sin categoría |
Artículo 172.- El número de efectivos de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional se fija anualmente por el Poder Ejecutivo. Los recursos correspondientes son aprobados en la Ley de Presupuesto. Los ascensos se confieren de conformidad con la ley. El Presidente de...
por Aaron Maguiña Juris.pe | Oct 2, 2023 | Abogados, Artículos, Artículos, Constitucional, Cursos, Estudiantes, Sin categoría |
Artículo 171.- Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional participan en el desarrollo económico y social del país, y en la defensa civil de acuerdo a ley. Modificaciones: Este artículo no ha sido modificado desde su publicación en el diario oficial El Peruano. → Revise...
por Aaron Maguiña Juris.pe | Oct 2, 2023 | Abogados, Artículos, Artículos, Constitucional, Cursos, Estudiantes, Sin categoría |
Artículo 170.- La ley asigna los fondos destinados a satisfacer los requerimientos logísticos de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional. Tales fondos deben ser dedicados exclusivamente a fines institucionales, bajo el control de la autoridad señalada por la ley....
por Aaron Maguiña Juris.pe | Oct 2, 2023 | Abogados, Artículos, Artículos, Constitucional, Cursos, Estudiantes, Sin categoría |
Artículo 169.- Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional no son deliberantes. Están subordinadas al poder constitucional. Modificaciones: Este artículo no ha sido modificado desde su publicación en el diario oficial El Peruano. → Revise la Constitución Política del...
por Aaron Maguiña Juris.pe | Oct 2, 2023 | Abogados, Artículos, Artículos, Constitucional, Cursos, Estudiantes, Sin categoría |
Artículo 168.- Las leyes y los reglamentos respectivos determinan la organización, las funciones, las especialidades, la preparación y el empleo; y norman la disciplina de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional. Las Fuerzas Armadas organizan sus reservas y...
por Aaron Maguiña Juris.pe | Oct 2, 2023 | Abogados, Artículos, Artículos, Constitucional, Cursos, Estudiantes, Sin categoría |
Artículo 167.- El Presidente de la República es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional. Modificaciones: Este artículo no ha sido modificado desde su publicación en el diario oficial El Peruano. → Revise la Constitución Política del Perú...