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Proponen que jueces y fiscales afronten penas de hasta ocho años por abuso de autoridad ¿Qué opinas?

Proyecto de ley que tiene por objeto modificar el Código Penal, Decreto Legislativo 635, para incluir como agravante del delito de abuso de autoridad cuando este es cometido por jueces y fiscales, quienes están a cargo de la administración de justicia y por las funciones que ejercen son los llamados a garantizar la legalidad en el país. [Proyecto de Ley 11454/2024-JP]

La Ley propuesta busca modificar el Código Penal, específicamente el Decreto Legislativo 635, con el objetivo de incorporar un nuevo artículo, el 376-C, que establece una agravante para el delito de abuso de autoridad cuando este es cometido por jueces y fiscales. La exposición de motivos incide en la posición de estos funcionarios como garantes de la legalidad y administradores de justicia en el país. De esta manera, el juez o fiscal que, haciendo uso indebido de sus atribuciones, cometa u ordene un acto arbitrario en perjuicio de alguna persona, será sancionado con una pena privativa de libertad que oscila entre cuatro y ocho años.


Los congresistas de la República que suscriben, integrantes del Grupo Parlamentario Somos Perú, a iniciativa del congresista HÉCTOR VALER PINTO representante de Lima Metropolitana, ejerciendo el derecho de Iniciativa Legislativa que le confiere los artículos 102 y 107 de la Constitución Política del Perú, y conforme a lo establecido en el Articulo 67, 75 y 76 del Reglamento del Congreso de la República, presenta la siguiente propuesta legislativa.

LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL, DECRETO LEGISLATIVO 635, DELITO DE ABUSO DE AUTORIDAD, PARA INCLUIR COMO AGRAVANTE CUANDO SU COMISIÓN ES REALIZADA POR JUECES Y FISCALES

Articulo 1.- Objeto de la ley

La presente ley tiene por objeto modificar el Código Penal, Decreto Legislativo 635, para incluir como agravante del delito de abuso de autoridad cuando este es cometido por jueces y fiscales, quienes están a cargo de la administración de justicia y por las funciones que ejercen son los llamados a garantizar la legalidad en el país.

Articulo 2.- Incorporación del articulo 376-C del Código Penal

Incorpórese el articulo 376-C del Código Penal, aprobado por el Decreto Legislativo 635, en los siguientes términos:

Articulo 376-C.- Abuso de autoridad cometido por jueces y fiscales. El juez o fiscal que, abusando de sus atribuciones, comete u ordena, en perjuicio de alguien, un acto arbitrado, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años”.

Artículo 3.- Vigencia de la ley La presente norma entra en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

[Continúa…]

Descargue el proyecto de ley completo aquí

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