👉 NUEVO: «DIPLOMADO DE DERECHO ADMINISTRATIVO Y GESTIÓN PÚBLICA».
Inicio: 15 de abril. Más información aquí o escríbenos al wsp
👉 NUEVO: «DIPLOMADO EN DERECHO LABORAL PÚBLICO: CAS (DL 1057)».
Inicio: 5 de mayo. Más información aquí o escríbenos al wsp
👉 NUEVO: «DIPLOMADO EN NUEVA LEY GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Y GESTIÓN PÚBLICA».
Inicio: 13 de mayo. Más información aquí o escríbenos al wsp

Modelo de contrato de mutuo con garantía mobiliaria

Sumilla: Modelo de contrato de mutuo con garantía mobiliaria; 1. Antecedentes; 2. Objeto del contrato; 3. Obligaciones de las partes; 4. Gratuidad del mutuo

Cómo citar: División de Estudios Jurídicos de Gaceta Jurídica. Muro, M. & Torres, M. (2016). La práctica contractual en sus modelos y documentos. Tomo 1. Lima: Gaceta Jurídica. pp. 283-294.


Modelo de contrato de mutuo con garantía mobiliaria

Señor Notario:

Sírvase extender en su Registro de Escrituras Públicas una donde conste el contrato de mutuo con garantía prendaria que celebran de una parte la empresa AAA,, identificada con RUC …….., inscrita en la partida electrónica Nº … del Registro de Personas Jurídicas de ……, representada por su gerente don …………….., con poder inscrito en el asiento …… de la referida partida electrónica y con domicilio en ……………….., a quien en lo sucesivo se denominará LA MUTUANTE; y de otra parte don BBB, identificado con DNI …….., de estado civil soltero y con domicilio en ………………….., a quien en lo sucesivo se denominará EL MUTUATARIO; en los términos contenidos en las cláusulas siguientes:

ANTECEDENTES:

PRIMERA.- LA MUTUANTE es una persona jurídica de Derecho Privado, constituida bajo el régimen de la sociedad anónima, cuyo objeto social principal es dedicarse a la industria de construcción.

SEGUNDA.- LA MUTUANTE en sesión de directorio de fecha ….. ha acordado conceder préstamos de dinero en favor de sus más destacados profesionales a fin de que adquieran automóviles nuevos, dentro de los parámetros establecidos en el referido acuerdo de directorio.

TERCERA.- EL MUTUATARIO es una persona natural que viene prestando sus servicios profesionales de ingeniería civil para LA MUTUANTE en el cargo de jefe de proyectos, desde el mes de ….. del año ….., y se encuentra entre las personas que reúnen los requisitos para beneficiarse con el préstamo a que alude la cláusula precedente, en virtud de lo cual se celebra el presente contrato.

OBJETO DEL CONTRATO:

CUARTA.- Por el presente contrato, LA MUTUANTE, debidamente facultada por su directorio, se obliga a entregar en mutuo, en favor de EL MUTUATARIO, la suma de dinero ascendente a S/ ….. (….. y 00/100 soles) para que este la destine a la compra de un automóvil nuevo. EL MUTUATARIO, a su turno, se obliga a devolver a LA MUTUANTE la referida suma de dinero en la forma y oportunidad pactadas en las cláusulas siguientes.

OBLIGACIONES DE LAS PARTES:

QUINTA.- LA MUTUANTE se obliga a entregar la suma de dinero objeto de la prestación a su cargo dentro de los … días siguientes a la fecha en que EL MUTUATARIO le comunique la elección del automóvil que desea adquirir. La entrega del dinero mutuado se efectuará mediante cheque de gerencia.

SEXTA.- EL MUTUATARIO tendrá un plazo de … días para comunicar por escrito la elección del automóvil que desea adquirir; plazo que se computará a partir de la fecha de la firma de este documento.

SÉTIMA.- Queda convenido que si el automóvil elegido por EL MUTUATARIO tuviera un precio total superior al monto del mutuo establecido en la cláusula cuarta, el exceso será cubierto por él.

OCTAVA.- Asimismo, queda convenido que si el automóvil elegido por EL MUTUATARIO tuviera un precio total inferior al monto del mutuo establecido en la cláusula cuarta, el préstamo se mantendrá en esa cifra, quedando en libertad EL MUTUATARIO para emplear el saldo en lo que crea conveniente.

NOVENA.- EL MUTUATARIO se obliga a devolver el íntegro del dinero objeto del mutuo, a través del pago de … armadas mensuales, por las sumas y en las oportunidades que se indican a continuación:

01. S/ …………………… el día ………

02. S/ …………………… el día ………

03. S/ …………………… el día ………

04. S/ …………………… el día ………

05. S/ …………………… el día ………

06. S/ …………………… el día ………

07. S/ …………………… el día ………

08. S/ …………………… el día ………

09. S/ …………………… el día ………

10. S/ …………………… el día ………

11. S/ …………………… el día ………

12. S/ …………………… el día ………

13. S/ …………………… el día ………

14. S/ …………………… el día ………

15. S/ …………………… el día ………

16. S/ …………………… el día ………

17. S/ …………………… el día ………

18. S/ …………………… el día ………

19. S/ …………………… el día ………

20. S/ …………………… el día ………

21. S/ …………………… el día ………

22. S/ …………………… el día ………

23. S/ …………………… el día ………

24. S/ …………………… el día ………

DÉCIMA.- EL MUTUATARIO se obliga a cumplir fielmente con el cronograma de pagos descrito en la cláusula anterior. En caso de incumplimiento en el pago de una de las armadas, cualquiera que sea, quedarán vencidas todas las demás, y en consecuencia LA MUTUANTE estará facultada para exigir el pago del íntegro de la suma de dinero mutuada, así como para ejecutar la garantía mobiliaria que se constituirá de acuerdo a lo pactado en la cláusula décimo cuarta.

DÉCIMO PRIMERA.- Las partes acuerdan que EL MUTUATARIO devolverá la suma de dinero objeto del mutuo, en la misma moneda y cantidad recibida, debiendo efectuar el pago de cada armada con dinero en efectivo.

GRATUIDAD DEL MUTUO:

DÉCIMO SEGUNDA.- LA MUTUANTE, en consideración a las calidades personales de EL MUTUATARIO y a su trayectoria en la empresa, manifiesta su voluntad de celebrar el presente contrato de mutuo a título gratuito, en consecuencia EL MUTUATARIO no está obligado al pago de intereses o de otra contraprestación en favor de LA MUTUANTE, por el dinero recibido en préstamo.

DÉCIMO TERCERA.- Como consecuencia de lo estipulado en la cláusula anterior y en aplicación de lo previsto por el artículo 1658 del Código Civil, las partes acuerdan que EL MUTUATARIO podrá efectuar la devolución del dinero mutuado antes del vencimiento del plazo pactado en la cláusula novena de este documento.

DÉCIMO CUARTO.- EL MUTUATARIO se obliga a formalizar a su favor la adquisición del vehículo elegido en un plazo máximo que no excederá de ……. días contados a partir de la comunicación a la que se refiere la cláusula sexta del presente contrato.

GARANTÍA MOBILIARIA:

DÉCIMO QUINTA.- En calidad de garantía real, por la obligación de cancelar el dinero mutuado a que se refiere este contrato, EL MUTUATARIO se obliga a constituir en favor de LA MUTUANTE, primera y preferencial garantía mobiliaria sobre el automóvil que aquel adquiera con el dinero mutuado, para cuyo efecto ambas partes se comprometen a realizar los actos y suscribir todos los documentos que fueren necesarios.

DÉCIMO SEXTA.- La garantía mobiliaria a que se contrae la cláusula anterior se constituye sin desposesión, en consecuencia el bien otorgado en garantía mobiliaria quedará en posesión de EL MUTUATARIO durante todo el tiempo de vigencia de dicho derecho real de garantía, asumiendo este todas las obligaciones y responsabilidades inherentes a esta clase de garantía.

DÉCIMO SÉTIMA.- La garantía mobiliaria a que se contrae la cláusula décimo quinta se constituye hasta por la suma de S/ ….. (….. y 00/100 soles), y su vigencia se extenderá hasta la cancelación de la última armada indicada en la cláusula novena de este documento y, de ser el caso, los intereses moratorios que pudieran generarse, así como los gastos.

DÉCIMO OCTAVA.- Queda expresamente establecido que, conforme al artículo 47 de la Ley 28677 –Ley de Garantía Mobiliaria–, en caso que EL MUTUATARIO incumpla con el pago de alguna de las armadas referidas en la cláusula cuarta, EL MUTUANTE podrá solicitar la venta extrajudicialmente del bien otorgado en garantía mobiliaria conforme al procedimiento señalado en el inciso 3) del art. 47 de la Ley de Garantía Mobiliaria.

DÉCIMO NOVENA.- A efectos de ejecutar y formalizar la transferencia del bien mueble afecto en garantía mobiliaria como consecuencia de su venta extrajudicial en caso de incumplimiento se faculta al Sr …………, identificado con DNI ……………………. con domicilio en ……………………; otorgándole poder específico e irrevocable. Se deja constancia que para efectos del poder otorgado no resulta aplicable el segundo párrafo de art. 153 del Código Civil ni el artículo 156 del mismo,

VIGÉSIMA.- El precio pagado por un tercero en la venta extrajudicial del bien no puede ser inferior a las 2/3 partes del valor del bien pactado por las partes y señalada en la cláusula siguiente.

VIGÉSIMO PRIMERA.- Las partes acuerdan que el valor del bien objeto de la garantía mobiliaria es de S/ ………………. (………………. 00/100 soles).

GASTOS Y TRIBUTOS DEL CONTRATO:

VIGÉSIMO SEGUNDA.- Las partes acuerdan que todos los gastos y tributos que origine la celebración, formalización y ejecución de este contrato serán asumidos por EL MUTUATARIO.

COMPETENCIA TERRITORIAL:

VIGÉSIMO TERCERA.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución de este contrato, las partes se someten a la competencia territorial de los jueces y tribunales de ……

DOMICILIO:

VIGÉSIMO CUARTA.- Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones a las partes, con motivo de la ejecución de este contrato, ambas señalan como sus respectivos domicilios los indicados en la introducción de este documento. El cambio de domicilio de cualquiera de las partes surtirá efecto desde la fecha de comunicación de dicho cambio a la otra parte, por cualquier medio escrito.

APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY:

VIGÉSIMO QUINTA. En lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas se someten a lo establecido por las normas del Código Civil y demás del sistema jurídico que resulten aplicables. Agregue Ud. Señor Notario las demás cláusulas de ley.

Lima,

_____________                  _______________
EL MUTUANTE                     EL MUTUATARIO


0 comentarios

Enviar un comentario

Pin It on Pinterest

1
  • Artículo agregado al carrito
1
Tu pedido
    Calculate Shipping
    Aplicar cupón