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Destituyen a juez que liberó a miembros de la organización criminal “Cero Corrupción” por no motivar la resolución que declaró fundado el hábeas corpus [Res. 085-2024-Pleno-JNJ]

Destituyen a juez supernumerario del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Utcubamba de la Corte Superior de Justicia de Amazonas [Resolución 085-2024-Pleno-JNJ]

Fundamentos destacados. 31. Recibidas las copias solicitadas a la ODANC–Cajamarca de la Investigación Preliminar N.° 124-2016, seguidas contra el ex juez Wilmer Neptalí Mejía Acosta, caso del cual se deriva el presente procedimiento disciplinario, se establece que:

[…]

31.2. Los hechos de este caso se relacionan con la publicación efectuada el 7 de mayo de 2016, en el diario Correo, que señala:

“Se afirma que por disposición del juez Wilmer Neptalí Mejía Acosta del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Utcubamba fueron excarcelados el día de ayer los presuntos miembros de la Organización criminal “Cero Corrupción que operaba en el Distrito de Chirinos (Cajamarca)… había declarado fundado el habeas corpus que presentó la defensa de los procesados José Abanto Puicán Chávez (exfuncionario) y Sonia Maribel Adrianzén Adrianzén (ex proveedora) dejando sin efecto la prisión preventiva que le impuso el juez […] del Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén [..] así el Magistrado Mejía Acosta presuntamente ha incurrido en inconducta funcional”.

[…]

55. En consecuencia de lo expuesto precedentemente ha quedado demostrado que el investigado ha vulnerado el deber de impartir justicia con respeto al debido proceso, en su expresión de la motivación de las resoluciones judiciales consagrado en el artículo 139.5 de la Constitución, al emitir la Resolución N.° 3 de fecha 29 de abril de 2016 en el proceso constitucional N.° 148-2016, sobre habeas corpus, declarando fundada la demanda de habeas corpus, toda vez que no realizó un mayor análisis justificativo sobre la procedencia de las alegaciones del solicitante del habeas corpus, ni se advierte que hubiera expresado las razones por las cuales consideraba que se habrían vulnerado los derechos fundamentales protegidos, ni señalado por qué consideró que se habría transgredido el deber de motivación y derecho a la tutela procesal efectiva en las resoluciones expedidas en el expediente judicial que motivó la interposición del proceso constitucional.


Resolución N.º 085-2024-PLENO-JNJ

P.D. N.° 007-2023-JNJ

VISTOS:

El Procedimiento Disciplinario Abreviado N.°007-2023-JNJ, seguido contra el señor Wilmer Neptalí Mejía Acosta, por su actuación como juez supernumerario del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Utcubamba de la Corte Superior de Justicia de Amazonas; así como la ponencia de la señora miembro de la Junta Nacional de Justicia María Amabilia Zavala Valladares; y,

CONSIDERANDO:

I. ANTECEDENTES

Ante la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Amazonas (ODECMA)

1. El 9 de mayo de 2016, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Amazonas remitió el Oficio N.º 2352-2016-P-CSJAM-PJ a la Jefatura de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (en adelante ODECMA) de Amazonas1 informando:

“[…] remito copia de la página 9 del diario CORREO publicado en Lambayeque del 7 del presente mes y año; para que proceda conforme a sus atribuciones, respecto de la aparente inconducta funcional del juez supernumerario de Utcubamba, Walter Neptalí Mejía Acosta:

1. En la mencionada página se consigna: “LIBERAN A IMPLICADOS EN “CERO CORRRUPCIÓN”.

2. Se afirma que por “Disposición del juez Mejía Acosta del Juzgado de Investigación Preparatoria de Utcubamba, fueron excarcelados el día de ayer los presuntos miembros de la organización criminal “Cero Corrupción” que operaba en el distrito de Chirinos (Cajamarca)… habría declarado fundado el habeas corpus que presentó la defensa de los procesados José Abanto Puicán Chávez (ex funcionario) y Sonia Maribel Adrianzén Adrianzén (ex proveedora), dejando sin efecto la prisión preventiva que les impuso el juez Orlando Pari Gonzáles del Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén”.

[…] llamando la atención que un Juez de Utcubamba se avoque y estime un habeas corpus, contra un magistrado de la provincia de Jaén que pertenece al Distrito Judicial de Lambayeque […]”.

2. Por Resolución N.º 1 de 11 de julio de 20162, la ODECMA de Amazonas se avocó al conocimiento del caso, abriendo la Investigación Preliminar N.º 124-2016, contra el señor Wilmer Neptalí Mejía Acosta, quien una vez notificado, emitió sus descargos el 4 de noviembre de 20163 -proveído por Resolución N.º 3 de 9 de enero de 20174ampliándolos por escrito de 6 de noviembre de 20175, proveído por Resolución N.° 7 de 14 de noviembre de 20176.

3. El 10 de junio de 2018 el magistrado investigador de la ODECMA de Amazonas emitió el informe sobre la Investigación Preliminar N.° 124-20167, concluyendo que el investigado debía deslindar su responsabilidad, por lo cual la investigación preliminar fue remitida a la magistrada calificadora de la ODECMA de Amazonas8, para los fines pertinentes.

4. Con Resolución N.° 12 de 26 de agosto de 20199 el magistrado calificador de la ODECMA de Amazonas resolvió declarar la prescripción de oficio señalando que:

“3.1. De los actuados se advierte que el hecho presuntamente irregular se habría generado 29.04.2016 de lo cual se puede apreciar de manera clara y precisa que hasta la actualidad ya transcurrió más de tres años y cuatro meses aproximadamente, por lo que no corresponde aperturar investigación contra el juez, ya que el presunto hecho irregular ya habría prescrito con fecha 29.04.2018”.

5. Finalmente, con fecha 15 de octubre de 2019, la ODECMA de Amazonas expidió la Resolución N.° 1310, por la cual se declaró firme la decisión de la prescripción de oficio.

6. Sin embargo, con anterioridad a la fecha de emitidas las precitadas resoluciones Nos. 12 y 13 por parte de ODECMA de Amazonas, se tiene que, por los mismos hechos imputados al investigado, a instancias del Ministerio Público, la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (en adelante OCMA), a traves de la Resolución N.° 7 de 15 de marzo de 2018, había instaurado un procedimiento disciplinario contra el señor Wilmer Neptalí Mejía Acosta, por su actuación como juez supernumerario del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Utcubamba de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, signándose como Investigación Definitiva N.° 1731-2016-Amazonas y en dicho procedimiento disciplinario la magistrada sustanciadora de la Unidad de Investigación y Anticorrupción de la OCMA, por informe de 11 de abril de 2019, había propuesto se le imponga al antes citado la medida disciplinaria de destitución. A continuación se describirá el trámite que siguió el procedimiento ante dicha instancia.

[Continúa…]

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