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Destituyen a fiscal por pagar 10000 soles a fiscal superior para mantenerse en el cargo [Res. 054-2025-Pleno-JNJ]

Destituyen a fiscal adjunta provincial provisional de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Ucayali del distrito fiscal de Ucayali.

La Resolución N.° 054-2025-PLENO-JNJ se refiere al Procedimiento Disciplinario Abreviado N.° 011-2024-JNJ, seguido contra la fiscal adjunta provincial provisional xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, por presunta conducta irregular. Según los antecedentes, una publicación del Diario La República de febrero de 2020 la acusó de haber abonado S/ 6,006.00 soles, y posteriormente S/ 10,000.00 según una queja anónima, a un fiscal superior a través de asistentes, con el fin de mantenerse o ser nombrada en su cargo de fiscal adjunta provisional. Las investigaciones preliminares recabaron pruebas como la citada publicación periodística, una resolución judicial relacionada con delitos de organización criminal y cohecho contra terceros, el acta de juramentación de Paitán Cano en julio de 2019, y actas de transcripción de audios de llamadas telefónicas que la vincularían con las asistentes mencionadas en las acusaciones.


Resolución N.° 054-2025-PLENO-JNJ

P.D. N.° 011-2024-JNJ

El Procedimiento Disciplinario Abreviado N.° 011-2024-JNJ, seguido a la señora xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, por su actuación como fiscal adjunta provincial provisional de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Ucayali del distrito fiscal de Ucayali; así como el Acuerdo del Pleno de la Junta Nacional de Justicia adoptado en sesión de fecha 13 de febrero de 2025; y,

CONSIDERANDO:

I. ANTECEDENTES

1. El Diario La República, en su edición dé 10 de felirero de 2020, tuvo como titular: “Nombró a fiscal por temor a que revele audios y WhatsApp”, prficisándose en la nota periodística que la.fiscal Kely Paitán Cano, en enero dé 2019; habría abonado la suma de 6,001.66 soles al fiscal xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, por medio de las asistentes xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, para mantenerse en su cargo de asistente, no obstante, después fue nombrada como fiscal adjunta provisional.

2. A través del Oficio N.° 155-2020-MP-FN-FSCI-ODCI-UCAYALI, el jefe de la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Ucayali remitió a la Comisión de Investigación Preliminar de Procedimientos Disciplinarios de dicho órgano de control disciplinario la siguiente documentación:

a) Copia de la publicación periodística del Diario La República de 20 de febrero de 2020 que consigna como uno de sus titulares: ‘Nombró a fiscal por temor a que revele audios y WhatsApp”, en la que se señala por fuentes periodísticas propias la existencia de investigaciones por parte de la fiscalía de casos puntuales como el de la fiscal Kely Paitán Cano, quien en enero de 2019 habría abonado al fiscal xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx medio de las asistentes xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; la suma de S/ 6,006.00 soles para •mantenerse en su cargo de asistente, no obstante que después fue nombrada como fiscal adjunta provisional.

b) Resolución N.° Uno de 14 de febrero de 2020, emitida por el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria en el expediente judicial N.° 00047- 2019-6-5001-JS-PE-01, seguido contra xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx y otros, por la presunta comisión del delito de organización criminal, cohecho pasivo específico y cohecho activo específico.

3. Posteriormente, en el desarrollo de las diligencias preliminares recaídas en la carpeta fiscal N.° 086.2019 (expediente judicial N.° 047-2019), seguida contra Luis Alberto Jara Ramírez, se recabaron los actos de investigación siguientes:

a) Queja con reserva de identidad que señala que, por medio de un servidor administrativo de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo, se habría tomado conocimiento que la fiscal Kely Paitán Cano habría pagado al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Ucayali, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, la suma de S/ 10,0000 soles para ser nombrada fiscal adjunta provincial provisional en el distrito fiscal de Ucayali. Sin embargo, al enterarse que su currículo no había sido elevado, reclamó al citado presidente de la Junta de Fiscales, a efectos que le devuelva el dinero. A su vez, este dinero no habría sido entregado directamente, sino a través de la señora xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, asistente en función fiscal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo; y de la señora xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, asistente en función fiscal de la fiscalía anticorrupción de Coronel Portillo. A su vez, el citado fiscal superior xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, Presidente de la Junta de Fiscales, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, que no diga nada y que no lo denuncie, puesto que, mientras tanto, la iba a poner en una suplencia. No obstante, con posterioridad, la investigada fue nombrada como fiscal adjunta provisional’.

b) Acta de juramentación de la fiscal Kely Yleana Paitán Cano de 25 de julio de 2019, al asumir el cargo de fiscal adjunta provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Ucayali en el despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Ucayali.

c) Acta de transcripción de audios contenidos en el soporte digital de la copia espejo del CD-R, reemplazo del CD, realizado por el Departamento de Apoyo Técnico de la DIVIAC—PNP, de 10 de diciembre de 2019, que contiene las llamadas telefónicas que habría mantenido la fiscal investigada con las asistentes xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.

[Continúa…]

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