👉 NUEVO: «DIPLOMADO EN PROCESAL PENAL, LITIGACIÓN ORAL Y REDACCIÓN DE DOCUMENTOS PENALES».
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👉 NUEVO: «DIPLOMADO EN DERECHO LABORAL PÚBLICO: CAS, LEY SERVIR, DL 728 Y DL 276».
Inicio: 14 de diciembre. Más información aquí o escríbenos al wsp 
👉 NUEVO: «DIPLOMADO DE REDACCIÓN PENAL, POLICIAL Y ADMINISTRATIVA».
Inicio: 3 de enero. Más información aquí o escríbenos al wsp
👉 NUEVO: «DIPLOMADO EN PROCESAL CIVIL, LITIGACIÓN ORAL Y REDACCIÓN DE DEMANDAS».
Inicio: 20 de enero. Más información aquí o escríbenos al wsp

¿Cuándo una entidad contrate con una empresa del sector financiero estará sujeta a la normativa de contrataciones del Estado?

Opinión n.° 033-2017/DTN, de 03 de febrero de 2017.

Consulta: ¿Lo descrito en el literal a) del artículo 4o de la Ley de Contrataciones del Estado, correspondiente a los supuestos excluidos del ámbito de aplicación, se aplica para las empresas prestadoras de servicios accesorios o auxiliares a un servicio de naturaleza financiera?

(sic). 3. El supuesto excluido descrito en el literal a) del artículo 4 de la Ley aplica a las contrataciones cuyo objeto contractual corresponda a la prestación de servicios accesorios y auxiliares a un servicio de naturaleza financiera. No obstante, las empresas prestadoras de dichos servicios deben sujetarse a las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado para contratar con Entidades públicas cuando no se configure algún supuesto de inaplicación establecido en la normativa.

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