👉 NUEVO: «DIPLOMADO EN DERECHO PROCESAL CIVIL, LITIGACIÓN ORAL Y REDACCIÓN DE DEMANDAS».
Inicio: 29 de abril. Más Información aquí o escríbenos al wsp

👉 NUEVO: «DIPLOMADO EN ASISTENTE ADMINISTRATIVO, TRÁMITE Y GESTIÓN DOCUMENTAL Y REDACCIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVO».
Inicio: 20 de mayo. Más Información aquí o escríbenos al wsp 

¿Cuál es la vía pertinente para discutir la culpabilidad del contratista que ocasionó la resolución contractual?

Resolución n.° 1632-2017-TCE-S4, del 2 de agosto de 2017.

Fundamentos destacados. 20. En tal sentido, la discusión para analizar la culpabilidad de la Contratista en la comisión de la infracción bajo análisis (ocasionar que la Entidad resuelva el contrato); es decir, si, efectivamente, fue aquélla quien ocasionó la resolución contractual debido a incumplimientos ocasionados por conductas dolosas o negligentes, corresponde se efectúe en la vía pertinente; esto es, la conciliación o el arbitraje.

21. En consecuencia, no corresponde a este Colegiado analizar la culpabilidad de aquélla en la resolución contractual para imputarle responsabilidad, toda vez que ello significaría emitir pronunciamiento sobre el fondo del asunto, lo cual vulneraría el principio de legalidad establecido en el numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar del TUO de la LPAG, el cual establece que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo para los fines para los que les fueron conferidas (subrayado agregado).

Descargue la resolución aquí

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Pin It on Pinterest

0
    0
    Tu pedido
    Tu carrito esta vacíoVolver a la tienda
      Calculate Shipping
      Apply Coupon