👉 NUEVO: «DIPLOMADO EN DERECHO DE SUCESIONES Y ACTUALIZACIÓN JURISPRUDENCIAL EN MATERIA DE FAMILIA».
Inicio: 19 de noviembre. Más información aquí o escríbenos al wsp 
👉 NUEVO: «DIPLOMADO EN PROCESAL PENAL, LITIGACIÓN ORAL Y REDACCIÓN DE DOCUMENTOS PENALES».
Inicio: 2 de diciembre. Más información aquí o escríbenos al wsp 
👉 NUEVO: «DIPLOMADO EN DERECHO LABORAL PÚBLICO: CAS, LEY SERVIR, DL 728 Y DL 276».
Inicio: 14 de diciembre. Más información aquí o escríbenos al wsp 

Artículo 160 de la Constitución Política del Perú (presupuesto del Ministerio Público)

Artículo 157 de la Constitución Política del Perú (remoción de los miembros de la Junta Nacional de Justicia)

Artículo 157.- Los miembros de la Junta Nacional de Justicia pueden ser removidos por causa grave mediante acuerdo del Congreso adoptado con el voto conforme de los dos tercios del número legal de miembros. Texto original: La redacción original de este artículo tenía...
Artículo 160 de la Constitución Política del Perú (presupuesto del Ministerio Público)

Artículo 156 de la Constitución Política del Perú (requisitos para ser miembro de la Junta Nacional de Justicia)

Artículo 156.- Para ser miembro de la Junta Nacional de Justicia se requiere: 1. Ser peruano de nacimiento. 2. Ser ciudadano en ejercicio. 3. Ser mayor de cuarenta y cinco (45) años, y menor de setenta y cinco (75) años. 4. Ser abogado: a. Con experiencia profesional...
Artículo 160 de la Constitución Política del Perú (presupuesto del Ministerio Público)

Artículo 155 de la Constitución Política del Perú (conformación de la Junta Nacional de Justicia)

Artículo 155.- La Junta Nacional de Justicia está conformada por siete miembros titulares seleccionados mediante concurso público de méritos, por un período de cinco años. Está prohibida la reelección. Los suplentes son convocados por estricto orden de mérito obtenido...
Artículo 160 de la Constitución Política del Perú (presupuesto del Ministerio Público)

Artículo 154 de la Constitución Política del Perú (atribuciones de la Junta Nacional de Justicia)

Artículo 154.- Son funciones de la Junta Nacional de Justicia: 1. Nombrar, previo concurso público de méritos y evaluación personal, a los jueces y fiscales de todos los niveles. Dichos nombramientos requieren el voto público y motivado conforme de los dos tercios del...

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