Artículo 93 de la Constitución Política del Perú (representación parlamentaria)
Artículo 93.- Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación. No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones. Los magistrados...
Artículo 96 de la Constitución Política del Perú (facultad de los congresistas de pedir información a las entidades públicas)
Artículo 96.- Cualquier representante al Congreso puede pedir a los Ministros de Estado, al Jurado Nacional de Elecciones, al Contralor General, al Banco Central de Reserva, a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, a...
Artículo 90-A de la Constitución Política del Perú (prohibición de reelección parlamentaria)
Artículo 90-A.- Los parlamentarios no pueden ser reelegidos para un nuevo período, de manera inmediata, en el mismo cargo Modificaciones: Este artículo fue incorporado a la Constitución mediante la Ley 30906, publicada el 10 de enero de 2019 en el diario oficial El...
Artículo 90 de la Constitución Política del Perú (Congreso unicameral)
Artículo 90.- El Poder Legislativo reside en el Congreso de la República, el cual consta de cámara única. El número de congresistas es de ciento treinta. El Congreso de la República se elige por un período de cinco años mediante un proceso electoral organizado...

