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Artículo 28 de la Constitución Política del Perú (derechos colectivos del trabajador: sindicación, negociación colectiva y huelga)

Artículo 28 de la Constitución Política del Perú (derechos colectivos del trabajador: sindicación, negociación colectiva y huelga)

Artículo 28.- El Estado reconoce los derechos de sindicación, negociación colectiva y huelga. Cautela su ejercicio democrático: 1. Garantiza la libertad sindical. 2. Fomenta la negociación colectiva y promueve formas de solución pacífica de los conflictos laborales....
Artículo 28 de la Constitución Política del Perú (derechos colectivos del trabajador: sindicación, negociación colectiva y huelga)

Artículo 27 de la Constitución Política del Perú (protección frente al despido arbitrario)

Artículo 27.- La ley otorga al trabajador adecuada protección contra el despido arbitrario. Modificaciones: Este artículo no ha sido modificado desde su publicación en el diario oficial El Peruano. → Revise la Constitución Política del Perú completa aquí....
Artículo 28 de la Constitución Política del Perú (derechos colectivos del trabajador: sindicación, negociación colectiva y huelga)

Artículo 26 de la Constitución Política del Perú (principios de la relación laboral)

Artículo 26.- En la relación laboral se respetan los siguientes principios: 1. Igualdad de oportunidades sin discriminación. 2. Carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitución y la ley. 3. Interpretación favorable al trabajador en caso de duda...
Artículo 28 de la Constitución Política del Perú (derechos colectivos del trabajador: sindicación, negociación colectiva y huelga)

Artículo 24 de la Constitución Política del Perú (remuneración y beneficios sociales del trabajador)

Artículo 24.- El trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente, que procure, para él y su familia, el bienestar material y espiritual. El pago de la remuneración y de los beneficios sociales del trabajador tiene prioridad sobre cualquiera otra...

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