Cómo citar: Real Academia Española / Consejo General del Poder Judicial. Libro de estilo de la Justicia. Primera edición, España: Espasa Libros, 2017, pp. 247-250.
Problemas de significado y sentido
8.13.1 Pronombres anafóricos
En los extensos párrafos unioracionales, el jurista se ve a menudo en la necesidad de aludir a una persona común, a un hecho o a una situación que han sido nombrados previamente. En la lengua hay signos que tienen la potestad de referirse a esa misma realidad antedicha sin necesidad de repetir su nombre: son signos o expresiones con función anafórica. La poseen los pronombres personales, los relativos, los demostrativos, los posesivos y algún indefinido con usos de demostrativo (como tal):
El pan nuestros abuelos lo hacían en casa. Las leyes con las que nos regimos. Johnny cogió su fusil. Abel legó varias casas a su hija; una de aquellas estaba alquilada |
Estas referencias, que son transparentes en proximidad y en textos breves, se convierten en opacas cuando el texto se complica y aumenta el número
de expresiones susceptibles de ser aludidas por medio de un pronombre anafórico. En muchos casos, surge la incertidumbre, cuando no la ambigüedad referencial:
Cumplidas así —siempre a juicio del codemandado— por el acuerdo impugnado las exigencias formales exigidas por la doctrina de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, resta valorar si aquel cumplió también con la exigencia sustantiva de motivación a la que viene obligado por el Consejo General del Poder Judicial |
8.13.2 Adjetivos anafóricos en textos jurídicos
Aparte de estos usos pertenecientes a la lengua común, los textos jurídicos poseen expresiones anafóricas de uso casi exclusivo. La mayoría son
adjetivos cuyo significado recoge precisamente el hecho de que algo ha sido aludido con anterioridad. Los más frecuentes son dicho, antedicho, susodicho, citado, precitado, expresado, indicado, referido, suprarreferido, aludido, mencionado, superreferenciado…
… el caso de desestimación del motivo mencionado…
… el infringir el principio de dicho ordenamiento… |
8.13.3 El/la mismo/a
El adjetivo mismo posee tres significados esenciales: identidad, igualdad o semejanza (Estos mismos gestos). Cuando unido al artículo forma construcciones nominales, mantiene estos sentidos: Son los mismos, pero con distintos collares. En el lenguaje jurídico-administrativo y también en el periodístico, el grupo nominal el mismo aparece muy frecuentemente utilizado como un elemento anafórico. Se utiliza para referirse y recuperar una expresión ya citada anteriormente. En estos usos anafóricos, su significado no se corresponde con ninguno de sus sentidos de base: identidad, igualdad o semejanza.
Ese día, la inspección procedió a visitar el citado negocio cuando el mismo ya no estaba regentado por la demandada. En consecuencia, este tiene la obligación de hacer frente al pago de los gastos de conservación y mantenimiento del inmueble, así como también de los tributos que gravan el mismo. |
A pesar de que su uso es muy frecuente en textos jurídicos (ya desde muy antiguo), son muchas las voces que condenan o, al menos, aconsejan restringir su utilización como un elemento vacío de contenido con la única función de recuperar otro elemento anteriormente mencionado. Se trata de un uso arcaico, alejado del habla cotidiana, a menudo fuente de ambigüedades en la identificación del referente. En este sentido, es preferible sustituirlo por otros pronombres anafóricos como los demostrativos, los posesivos o los pronombres personales. Así, en los casos anteriores, habría sido mejor utilizar, en lugar de la secuencia el mismo, estas otras expresiones anafóricas:
Ese día, la inspección procedió a visitar el citado negocio cuando este ya no estaba regentado por la demandada. En consecuencia, este tiene la obligación de hacer frente al pago de los gastos de conservación y mantenimiento del inmueble, así como también de los tributos que lo gravan. |
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