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¿Cómo rebatir argumentos? Identifica y refuta falacias

veremos concretamente las 7 falacias (argumentos falsos o erróneos) que se reproducen con mayor frecuencia en un juicio (en los escritos de demanda y contestación y en el propio acto del juicio), con el objetivo de que usted pueda identificarlas y refutarlas.

Cómo citar: Estalella, J. (2010). El abogado eficaz. Madrid: Editorial La Ley, pp. 208-212.


Rebatir argumentos

De acuerdo con el esquema trazado por el filósofo Arthur Schopenhauer en su libro El arte de tener razón (expuesto en 38 estratagemas), con alguna modificación introducida por mi parte, en cualquier controversia o juicio encontramos invariablemente 4 tipos de ataque que son los generadores de la disputa o pleito. Supongamos que el abogado contrario, o nosotros mismos, hemos expuesto una tesis. Para refutarla hay 4 maneras:

1. Ataque a la cosa (ad rem). Demostramos que la tesis no es conforme con la naturaleza de las cosas, con la verdad objetiva absoluta. Sería el caso, por ejemplo, en que las pruebas presentadas fueran contradictorias con la tesis que plantea el abogado contrario.

2. Ataque a la persona (ad hominem). Demostramos que la tesis no concuerda con otras afirmaciones o admisiones del adversario, es decir, con la verdad subjetiva o relativa. El ataque a la persona se utiliza en el caso de que la tesis del abogado contrario concuerde con las pruebas presentadas. Entonces no nos quedará otro remedio que dirigir el ataque frente a las afirmaciones contradictorias en las que haya incurrido éste respecto al análisis de esas pruebas.

3. Ataque directo. Atacamos el fundamento base de la tesis. Demostramos que la tesis no es verdadera. Aquí podemos actuar de dos maneras: probando que los fundamentos de la afirmación del abogado contrario son falsos, o admitimos los fundamentos pero negamos que de ellos se deduce tal afirmación, es decir, atacamos la consecuencia, la forma de deducción.

4. Ataque indirecto. Atacamos las consecuencias que se derivan de la tesis, no el fundamento de la misma. Demostramos que la tesis no puede ser verdadera. En el ataque o refutación indirecta, podemos utilizar la aceptación de contrario o el ejemplo en contrario. Mediante la primera, aceptamos la tesis del abogado contrario, pero inmediatamente la combinamos con otro argumento que sea verdadero para deducir una conclusión falsa, bien porque se opone a la realidad (ataque a la cosa), o bien porque se opone a otras afirmaciones del adversario (ataque a la persona). Mediante el ejemplo en contrario refutamos la tesis del contrario buscando aquellos casos concretos que la contradigan.

Éstos son los ataques o refutaciones esenciales que se dan en cualquier pleito. Podemos utilizar cualquiera de los 4 para rebatir los argumentos del abogado contrario y para prevenir sus posibles ataques. Ahora veremos concretamente las 7 falacias (argumentos falsos o erróneos) que se reproducen con mayor frecuencia en un juicio (en los escritos de demanda y contestación y en el propio acto del juicio), con el objetivo de que usted pueda identificarlas y refutarlas.

1. Falacia del cambio de objeto de la controversia. Se produce cuando el abogado contrario habla de una cosa distinta a la que se había planteado inicialmente. Lo que dice es exacto y está en contradicción aparente, no real, con nuestra tesis. Esta falacia puede presentarse de tres maneras distintas: a) utilizando la ampliación; b) la homonimia, y c) tomando lo relativo por lo absoluto.

a) Ampliación: Mediante esta falacia, el adversario lleva nuestra afirmación más allá de sus límites naturales, la exagera y la interpreta del modo más general posible mientras que al mismo tiempo interpreta de la forma más restrictiva posible el sentido de su afirmación. Generalizando intenta crear flancos de ataque a nuestro argumento. Por ejemplo, en un juicio penal en que se acusara a su cliente de apropiarse indebidamente de las rentas de unos inmuebles dejados en herencia, usted podría afirmar: «Mi cliente no administraba los alquileres de las viviendas legadas por el testador, por lo que nunca tuvo acceso al dinero de las rentas». Ante esta afirmación, el abogado contrario podría responder diciendo: «Su cliente fue designado heredero y era el responsable de la administración de la totalidad de los bienes de la herencia». De esta manera, el contrario utiliza la ampliación, interpretando la condición de heredero de la forma más general posible y le atribuye las facultades de administración para poder responsabilizarle de la apropiación indebida. Sin embargo, nosotros podríamos rebatir esta falacia alegando que la condición o designación de heredero no conlleva siempre la posesión de los bienes de la herencia.

Para rebatir la ampliación se deben precisar los puntos de la controversia para centrar de nuevo el debate.

b) Homonimia: Se utiliza un término homónimo para desviar el objeto de la discusión. Un término es homónimo cuando la misma grafía designa dos conceptos distintos, como por ejemplo gato (animal y herramienta).

La homonimia se rebate descubriendo el sentido exacto de la palabra homónima, según el significado que nos interese darle.

c) Tomar lo relativo por lo absoluto o lo general por lo particular. Utilizando este recurso el abogado contrario toma como absoluta la afirmación que yo he presentado de modo relativo y la refuta (ataca) en ese primer sentido. Lo mismo ocurre si en lugar de rebatir el caso o principio concreto refuta lo general. En cualquiera de estas dos falacias rebate mi tesis interpretándola de un modo diferente al sentido que yo quiero darle, con lo que se produce una modificación del objeto de mis argumentos.

Para combatirla, en el primer caso (tomar lo relativo por absoluto) hemos de destacar el carácter relativo de nuestra primera afirmación, descubriendo el carácter absoluto que le da el contrario, y en el segundo (tomar lo general por lo particular) hemos de destapar la falacia e insistir que no se ha rebatido el caso concreto.

2. Falacia de petición de principio. Cuando el abogado contrario da por probado aquello que quiere demostrar. Se introduce en el propio argumento la afirmación o proposición que se quiere demostrar con ese argumento.

3. Falacia del dilema. El abogado adverso expone la tesis contraria a la que quiere que admitamos en forma de interrogación, de tal manera que con la contestación no tengamos más remedio que aceptar la primera.

4. Falacia de la prueba sesgada. Ésta es un tipo de falacia muy utilizada en los juicios. El abogado contrario da como demostrada una conclusión que favorece su tesis, aunque de las pruebas practicadas no se deduzca la verdad de dicha conclusión.

5. Falacia a la persona (ad hominem). Se produce cuando no se rebaten los argumentos de nuestra tesis, sino lo que dijimos o admitimos con anterioridad o nuestro comportamiento.

6. Falacia de la autoridad de ley. Es una falacia que se introduce habitualmente en las demandas y en las contestaciones y que muchas veces pasa desapercibida por el disfraz legal con el que se presenta. Consiste en que el fundamento legal, artículo o sentencia utilizados para construir el argumento son inapropiados para el caso. Para refutar esta falacia bastará con revisar el precepto legal o la sentencia y destacar aquellos puntos de contradicción con la tesis que pretende apoyar. La mayoría de veces será suficiente una lectura rápida de la sentencia alegada por el otro abogado para encontrar un argumento que podamos oponerle en su contra.

7. Falacia de reducción a una categoría y al absurdo. El abogado contrario hace sospechosa nuestra afirmación o argumento reduciéndolo a una categoría generalmente detestada, o le resta credibilidad reduciéndola al absurdo.

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