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Proponen implementar denuncia policial digital para agilizar reportes de delitos patrimoniales [Proyecto de Ley 10535/2024-CR]

Proyecto de ley que otorgar reconocimiento legal y regular el uso del Sistema de Registros de Denuncias "Denuncia Policial Digital" implementada por la Policía Nacional del Perú. [Proyecto de Ley 10535/2024-CR]

El proyecto de Ley regula el Sistema de Denuncia Digital de la Policía Nacional del Perú establece el reconocimiento legal del sistema “Denuncia Policial Digital” para la presentación virtual de denuncias por pérdida de documentos, robo o hurto de celulares y otros delitos contra el patrimonio. Este sistema garantiza un proceso rápido, seguro y gratuito. La denuncia debe incluir datos personales, información del hecho y características del bien afectado. Al finalizar el registro, se emite un Certificado Digital con firma electrónica y código QR, válido por 90 días. El sistema intercambiará datos con RENIEC y Migraciones, y las denuncias serán derivadas a las unidades policiales para su trámite conforme al Código Procesal Penal.

Los Congresista de la República que integran el Grupo Parlamentario Bloque Democrático Popular, a la iniciativa del congresista Edgard Reymundo Mercado, al amparo de lo establecido en el Articulo 107 de la Constitución Política del Perú y de los artículos 75° y 76° del Reglamento del Congreso de la República, proponen el Proyecto de Ley:


LEY QUE REGULA EL SISTEMA DE DENUNCIA DIGITAL DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ A FAVOR DE LAS VICTIMAS DE DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO Y OTROS

Articulo 1.- Objeto de la Ley

La presente ley tiene por objetivo otorgar reconocimiento legal y regular el uso del Sistema de Registros de Denuncias -Denuncia Policial Digital” implementada por la policía Nacional del Perú. para la presentación de denuncias virtuales por la pérdida de documentos y robo, hurto o pérdida de celulares, a fin que los ciudadanos puedan presentar sus denuncias de manera virtual de forma rápida. segura, gratuita a través de medios informáticos. Además de ampliar su uso para la presentación de denuncias por la comisión de otros delitos contra el patrimonio.

Articulo 2.- Denuncia Policial Digital

Se autoriza el uso de Sistema de Registros de Denuncias ‘Denuncia Policial Digital” de la Policía Nacional del Perú, como un medio digital rápido, seguro y gratuito para la presentación de denuncias, a través de medios informáticos, siguientes:

2.1. Denuncias virtuales por la pérdida de documentos.

2.2. Robo o hurto de celulares.

2.3. Otros delitos contra el patrimonio que establezca el reglamento.

Articulo 3.- Datos contenidos en el sistema Denuncia Policial Digital

El Sistema de Registros de Denuncias ‘Denuncia Policial Digital do la Policia Nacional del Perú, deberá contener como mínimo la siguiente información:

3.1. Datos del denunciante (Número de DNI, nombre y apellidos, nombres de los padres, número de teléfono, coreo electrónico y ocupación)

3.2. Dalos del domicilio

3.3. Datos del hecho denunciado (lugar, fecha y hora de la ocurrencia y descripción del hecho)

3.4. Tipo de documento perdido o extraviado, número del documento; en el caso de otros bienes. señalar las características del mismo.

3.5. Otra información que se considere en el Reglamento

Articulo 4.- Del Certificado Digital

Al finalizar el proceso de registro de la denuncia digital, el sistema ‘Denuncia Policial Digital’ de la Policía Nacional del Perú, expedirá de forma gratuita, el Certificado Digital con firma digital de la policía Nacional del Perú. verificable a través de código OR el cual tiene validez para los trámites administrativos por un periodo de 90 días calendarios.

En caso se requiera una segunda copia certificada policial. ésta se expedirá previo pago de la tasa respectiva que señale el TUPA de la Policía Nacional del Perú.

Articulo 5.- Interoperabilidad

El sistema ‘Denuncia Policial Digital’ de la Policía Nacional del Perú, intercambiará datos de forma segura y automática con el Registro Nacional do Identificación y Estado Civil (RENIEC) y la Superintendencia Nacional de Migraciones (MIGRACIONES).

Artículo 6.- Tramite de la denuncia

Las denuncias registradas son derivadas a la unidad policial respectiva, a fin de proseguir con el procedimiento señalado en el Nuevo Código Procesal Penal.

Artículo 7.• Financiamiento

El uso, mejoramiento y actualización del Sistema de Registros de Denuncias ‘Denuncia Policial Digital», se financia con cargo al presupuesto institucional de la Policía Nacional del Perú.

[Continúa…]

Descargue el proyecto de ley completo aquí

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