👉 NUEVO: «DIPLOMADO DE DERECHO ADMINISTRATIVO Y GESTIÓN PÚBLICA».
Inicio: 15 de abril. Más información aquí o escríbenos al wsp
👉 NUEVO: «DIPLOMADO EN DERECHO LABORAL PÚBLICO: CAS (DL 1057)».
Inicio: 5 de mayo. Más información aquí o escríbenos al wsp
👉 NUEVO: «DIPLOMADO EN NUEVA LEY GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Y GESTIÓN PÚBLICA».
Inicio: 13 de mayo. Más información aquí o escríbenos al wsp

Proponen crear la guardia nacional y la policía de investigación criminal. ¿Qué opinas?

Proyecto de ley de reforma constitucional que modifica el artículo 166 de la Constitución Política del Perú con la finalidad de crear la guardia nacional y la policía de investigación criminal. [Proyecto de Ley 6663/2023-CR]

El Grupo Parlamentario SOMOS PERÚ, a iniciativa del Congresista de la República ALFREDO AZURIN LOAYZA, en ejercicio de la facultad prevista en el artículo 107 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 22 inciso c), 75 y 76 del Reglamento del Congreso de la República, propone el siguiente:


PROYECTO DE LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA EL ARTICULO 166 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ CON LA FINALIDAD DE CREAR LA GUARDIA NACIONAL Y LA POLICÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL

ARTÍCULO 1. OBJETO DE LA LEY

La presente ley de reforma constitucional tiene por objeto modificar el artículo 166 de la Constitución Política del Perú para crear dos instituciones policiales especializadas con autonomía funcional, administrativa y económica denominadas Guardia Nacional y la Policía de Investigación Criminal.

ARTÍCULO 2. FINALIDAD DE LA LEY

La finalidad de la ley de reforma constitucional, es la creación de dos instituciones policiales denominadas Guardia Nacional encargada de la prevención, el orden interno y la seguridad y, la Policía de Investigaciones encargada de investigar la delincuencia común y el crimen organizado; lo que reducirá el índice de criminalidad en el Perú como consecuencia del fortalecimiento de la capacidad investigativa de la policía.

ARTÍCULO 3. MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 166 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ

Modificase el artículo 166 de la Constitución Política del Perú el cual queda redactado en los siguientes términos:

Artículo 166. La Policía Nacional está constituida por la Guardia Nacional y la Policía de Investigación Criminal

La Guardia Nacional tiene por finalidad fundamental, garantizar, mantener y restablecer el orden interno, presta ayuda y protección a las personas y a la comunidad. Mantener y preservar el orden público. Garantizar el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado. Previene los delitos e investiga las faltas. Vigila y controla las fronteras.

La Policía de Investigación Criminal tiene por finalidad fundamental perseguir e investigar el delito desde la etapa preliminar, identificar a los responsables y denunciarlos ante la autoridad competente. Contribuye al mantenimiento del orden Interno.

[Continua….]

Descargue el proyecto de ley completo aquí

1 Comentario

  1. Es interesante la propuesta, pero,con reglas claras ya que la PNP, unió a las tres ramas de la policia es decir, Guardia Civil, Guardia Republicana y PIP.La fusión fue por el desorden en sus competencias ya que llegó al extremo de que se enfrentaban a balazos cuando trataban de
    arrebatarse la troncha en los casos onde se movía dinero y sobre todo por drogas. debe de establecerse un comando que ejerza autoridad sobre todas las ramas.

Enviar un comentario

Pin It on Pinterest

0
    0
    Tu pedido
    Tu carrito esta vacíoVolver a la tienda
      Calculate Shipping
      Aplicar cupón