1. Base legal
Normativa nacional
• Ley 28518, Ley sobre modalidades formativas laborales.
• Decreto Supremo 007-2005-TR, Reglamento de la Ley sobre modalidades formativas laborales.
• Decreto Supremo 003-2008-TR, Dictan medidas sobre jornadas máximas de modalidades formativas reguladas por la Ley 28518 así como de las prácticas preprofesionales de Derecho y de internado en Ciencias de la Salud.
2. ¿Qué son las modalidades formativas laborales?
• Tipos especiales de convenios (acuerdos).
• Relacionan el aprendizaje teórico y el práctico.
• No generan vínculo laboral.
• Deben constar por escrito.
¿Qué modalidades formativas existen?
1. Del aprendizaje: i) con predominio en la empresa y ii) predominio en el centro de formación profesional: prácticas pre profesionales.
2. Práctica profesional
3. De la capacitación laboral juvenil
4. De la pasantía: i) en la empresa y ii) de docentes y catedráticos.
5. De la actualización para la reinserción laboral
6. Prácticas en el SENATI
7. Modalidades formativas en el Estado
2.1. El aprendizaje
Acuerdo: Cetro de formación, empresa y aprendiz.
Dirigido: A mayores de 14 años de edad.
Con predominio en la empresa:
Acuerdo: Centro de formación profesional, empresa patrocinadora y aprendiz
Duración: Lo que dure el tiempo de formación del aprendiz
Con predominio en el centro de formación profesional: prácticas pre profesionales
Acuerdo: Centro de formación profesional, empresa y persona en formación
Duración: Su duración depende de la duración de la formación y el nivel de la calificación de la ocupación.
2.2. Prácticas profesionales
Acuerdo: Empresa y persona egresada (hasta antes de obtener el título profesional)
Duración: No mayor de 12 meses.
¿Se puede ampliar?
Sí, pero dependerá del propio centro de formación quien determine que para ciertos tipos de formación se requiere más tiempo o por reglamento indique que para ciertas carreras las prácticas profesionales sobrepasan los 12 meses.
Carta de presentación:
El Centro de Formación debe extender la carta de presentación al egresado para que este lo presente a la empresa y poder suscribir el acuerdo.
2.2.1. Derechos prácticas pre y profesionales
Prácticas pre profesionales: Máximo 6 horas diarias o 30 horas semanales.
Prácticas profesionales: Máximo 8 horas diarias o 48 horas semanales.
Subvención económica mensual
Una Remuneración Mínima Vital: S/. 1,025.00
Descansos
15 días debidamente subvencionados cuando la duración de la modalidad formativa sea superior a 12 meses.
Caso: El convenio o prorroga finaliza después de cumplidos los 12 meses sin antes haber disfrutado de descanso.
Subvención económica adicional
Media subvención económica mensual cada seis meses de duración de la modalidad formativa.
¿Se otorga con ocasión de fiesta patrias o navidad?
El practicante pre profesional y profesional no tiene derecho a gratificación, pero si tiene derecho a una subvención económica al cumplir los 6 meses. Dicha subvención se debe pagar dentro de los 15 días naturales siguientes en la que se cumplió los 6 meses.
Ejemplo:
2.2.2. Otros derechos
Seguridad y salud
Se puede realizar a través de EsSalud u otro seguro particular.
Cubrir riesgos:
Enfermedad: 14 subvenciones mensuales.
Accidente: 30 subvenciones mensuales.
Pensiones:
¿Es obligatorio?
No esta obligado a aportar a una AFP u ONP, pero puedo realizarlo voluntariamente.
Seguridad
Informar riesgos y medidas de seguridad.
Garantizar la integridad de los beneficiarios durante el proceso formativo.
2.2.3. Ambiente seguro
Libre de hostilidad
El empleador garantiza, en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores, y de aquellos que, no teniendo vínculo laboral, prestan servicios o se encuentran dentro del ámbito del centro de labores.
Debe considerar factores sociales, laborales y biológicos, diferenciados en función del sexo, incorporando la dimensión de género en la evaluación y prevención de los riesgos en la salud laboral.
El empleador garantiza, el diseño, la implementación y evaluación de un sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo, del personal bajo modalidades formativas laborales.
Las personas bajo modalidades formativas, tienen derecho al mismo nivel de protección en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Libre de hostigamiento sexual
El hostigamiento sexual es una forma de violencia que se configura a través de una conducta de naturaleza o connotación sexual o sexista no deseada por la persona contra la que se dirige, que puede crear un ambiente intimidatorio, hostil o humillante; o que puede afectar su actividad o situación laboral, docente, formativa o de cualquier otra índole.
Las disposiciones referidas a la Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, contenidas en la Ley N° 27942 y su reglamento, son de aplicación a las personas bajo modalidades formativas en cuanto correspondan.
Comité de Intervención frente al Hostigamiento Sexual
Conformación del Comité, Tres (3) miembros (Dos (2) representantes de la Oficina de recursos humanos y Un (1) representante del área usuaria).
Concluida la investigación, propone al área correspondiente las sanciones y medidas necesarias para evitar posteriores actos de hostigamiento.
Oficina de recurso humanos
De corresponder, interpone la sanción y las medidas complementarias para evitar nuevos casos de hostigamiento.
2.2.4. Aspectos importantes
3. Desnaturalización
• No existe convenio
• La falta de capacitación en la ocupación específica y/o el desarrollo de actividades ajenas a la de los estudios técnicos o profesionales establecidos en el convenio.
• Continúa la modalidad formativa después de que el plazo del convenio ha vencido.
• Incluir como beneficiario de alguna de las modalidades formativas a las personas que tengan relación laboral con la empresa.
• Presentación de documentación falsa ante la AAT.
• Existencia de simulación o fraude.
• Exceso de los límites correspondientes.
4. Diferencias entre modalidades formativas laborales y algunos regímenes laborales
5. Procedimiento inspectivo
a) Denuncia, solicitud, etc.
b) Orden de inspección.
c) Asignación de Inspector (es).
d) Actuaciones inspectivas (Máximo de 10 días hábiles)
e) Medidas inspectivas
f) Informe de Inspección o Acta de Infracción
5.1. Modalidades de actuaciones inspectivas
• Comprobación de datos o antecedentes
• Requerimiento de información por medio de sistemas de comunicación electrónica
• Visitas de inspección a los centros y lugares de trabajo
• Comparecencia
5.2. Fin de las actuaciones inspectivas
En caso de no advertirse infracciones o de haberse subsanado las mismas se emite el INFORME correspondiente y se archiva.
En caso de no subsanarse las infracciones detectadas o estas tengan el carácter de insubsanable se emite el ACTA DE INFRACCIÓN, en mérito a la cual se dará inicio de oficio al procedimiento sancionador.
6. Aspectos sancionadores
Infracciones en materia de relaciones laborales
Escala de multas expresado en soles
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