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Modelo de escrito solicitando confesión sincera y terminación anticipada

A continuación, estimados lectores de Juris.pe, queremos mostrarles un modelo de escritos solicitando la confesión sincera y terminación anticipada en delito de extorsión en grado de tentativa. Esperamos que les sea de utilidad.

Cómo citar: Martínez Castro, Edilberto Luis. Modelos en el Nuevo Código Procesal Penal. Según el Nuevo Código Proceso Penal, Decreto Legislativo 957. Lima: Lex & Iuris Grupo Editorial, 2016, p. 39-41.


EXPEDIENTE:
ESPECIALISTA LEGAL:
SOLICITA LA CONFESIÓN SICERA Y LA TERMINACIÓN ANTICIPADA

SEÑOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TRUJILLO

………………….., abogado de xxxxxxxxx, en la investigación que se le sigue por la supuesta comisión del deli-to de extorsión en grado de tentativa en agravio de xxxxxxxxxx, ante Ud. digo:

I. PETITORIO:

Solicito la TERMINACIÓN ANTICIPADA DE LA PRESENTE INVESTIGACIÓN, DEBIÉNDOSE APLICAR PARA EL EFECTO LA CONFESIÓN SINCERA DEL SUJETO AGENTE; por los siguientes fundamentos

II. FUNDAMENTOS DE HECHO:

2.1.- La imputada DIANA, desde el primer instante en que fue intervenida por la Policía Nacional del Perú (PNP) ha confesado con argumentos sólidos e una verdad, la misma que se hace merecedora de la aplicación de la CONFESIÓN SÍNCERA tal como lo señala el Art. 161° del Código Procesal Penal, puesto que con la sola intervención policial (PNP) de inmediato se puso a disposición de ésta, explicando los hechos de manera sincera, conduciéndolos por el camino correcto para el esclarecimiento de los hechos materia de la demanda, lo que explica con absoluta claridad y certeza de que se trata de una confesión sincera sin lugar a dudas por consiguiente es de aplicación la norma procesal antes mencionada.

2.2.- Al haber prestado todas las facilidades para esclarecer los hechos de investigación y consultado por mi persona para solicitar la Terminación Anticipada, mi Patrocinada (Imputada), me ha manifestado su voluntad de que se dé por terminado el proceso, empleando dicho mecanismo procesal que señala el Art. 468° del citado cuerpo de leyes, demostrando una vez más que se encuentra arrepentida de la conducta desplegada y que es materia de proceso penal; por lo que atendiendo a dicha petición recurro ante vuestro Despacho, solicitando la TERMINACIÓN ANTICIPADA antes mencionada.

2.3.- Habiendo confesada la imputada de manera voluntaria y sin presión alguna, Así como el haber puesto de manifiesto su voluntad de que su proceso concluya mediante la terminación anticipada; pues, la defensa considera que también le alcanza los beneficios que señala el Art. 471° del Código Procesal Penal, en comento.

2.4.- A los hechos expuestos se agrega de que la procesada es una persona aún menor de edad, tan solo de 19 años de edad, madre soltera con arraigo familiar, sin antecedentes policiales, judiciales y penales; asi como, de ima manifiesta voluntad sincera de mejorar su conducta, lo que explica con verdad de que, es una persona que merece que la institución judicial como ente rector tenga en cuenta tales hechos que sirvan para resolver el petitorio.

III.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS:

3.1.- CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ:

Art. 2°, inciso 24, referente al derecho de libertad.

3.2.- CÓDIGO PENAL:

Art. VIII del T.P., referente a la proporcionalidad de la sanción penal.

Art. 22° responsabilidad restringida por la edad.

3.3.- CÓDIGO PROCESAL PENAL:

Art. 161, el beneficio por la confesión sincera.

Art. 468, norma que permite la terminación anticipada.

Art.471, dispositivo legal que permite la reducción acumulada de la pena de una sexta parte.

IV. PRETENSIONES DE LA DEFENSA A FAVOR DEL IMPUTADO:

A) Señor Juez, la defensa considera de que teniendo en cuenta las circunstancias como se ha producido los hechos sub materia del proceso, así como la conducta desplegada del sujeto agente, esto es, de haber demostrado una confesión sincera con los elementos de veracidad y certeza, sin haber puesto en ningún momento a duda su verdad, así como los premios que tanto el código sustantivo como el adjetivo ha incorporado para los casos como: la conducta que es materia de investigación, la pena a aplicársele a fin de no causarles mayores secuencias como resultado de una sanción excesiva y teniendo en cuenta los PRINCIPIOS DE PROPOR-CIONALIDAD Y RACIONALIDAD; en concordancia con los Principios de Legalidad y Lesividad del bien jurídico tutelado por la ley penal.

B) Normas que amparan para resolver la conducta del sujeto agente:

a) Efectos de la confesión sincera, Art. 161 del C.P.P. el Juez puede dis-minuir prudencialmente la pena hasta una tercera parte por debajo del mínimo legal.

b) Proceso de Terminación Anticipada, Art. 471 del C.P.P. reducción adicional acumulable: el imputado que se acoja a este proceso recibirá un beneficio de reducción de la pena de una sexta parte. Este beneficio es adicional y se acumulará al que reciba por confesión.

POR LO EXPUESTO:

A usted señor juez acceder a lo solicitado.

Lugar y fecha: (…)

8 Comentarios

  1. En caso de violación a una menor de 12 años no violentada es posible adherirse a una confesión sincera. El está con prisión preventiva.

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    • Si está y termina en marzo es mi hijo la menor ya tenía defloracion antigua y dijo que era su primera vez y ya hay una denuncia al respecto que aún no lo ejecutan. Según porque no tiene abogado y están esperando uno de oficio. Eso procede así?

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      • No me respondieron a la segunda pregunta aun

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      • Si está en prisión preventiva hasta marzo pero la menor presenta defloracion antigua y existe una denuncia que todavía no se ejecuta. Según porque no tiene abogado así funciona.

        Responder
      • DISCULPAS, YO TAMBIÉN SOY ABOGADA, MI NOMBRE ES FLOR HORTENCIA YALLICO EGAS, LES DEJO MI CELULAR 912449698, RESPECTO A TU PREGUNTA, AL MARGEN DE SER ABOGADA, TAMBIÉN SOY MAMÁ, HAY QUE TENER MUCHO CUIDADO CON QUIÉN ANDAN NUESTROS HIJOS, ESO DE LA DEFLORACIÓN ANTIGUA, YO NO LE CREO A LA SUPUESTA AGRAVIADA, TE SUGIERO, DONDE ESTÉS, BUSCA UN BUEN ABOGADO Y PELEA POR TU HIJO, TE DESEO MUCHA SUERTE, BENDICIONES.

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  2. Si está en prisión preventiva hasta marzo pero la menor presenta defloracion antigua y existe una denuncia que todavía no se ejecuta. Según porque no tiene abogado así funciona.

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  3. DISCULPAS, YO TAMBIÉN SOY ABOGADA, MI NOMBRE ES FLOR HORTENCIA YALLICO EGAS, LES DEJO MI CELULAR 912449698, RESPECTO A TU PREGUNTA, AL MARGEN DE SER ABOGADA, TAMBIÉN SOY MAMÁ, HAY QUE TENER MUCHO CUIDADO CON QUIÉN ANDAN NUESTROS HIJOS, ESO DE LA DEFLORACIÓN ANTIGUA, YO NO LE CREO A LA SUPUESTA AGRAVIADA, TE SUGIERO, DONDE ESTÉS, BUSCA UN BUEN ABOGADO Y PELEA POR TU HIJO, TE DESEO MUCHA SUERTE, BENDICIONES.

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  4. Seño Soy el abogado Penalista Efraín Cárdenas, celular 987489474, en su caso como tiene Prision Preventiva, seguro ya está formalizada la Investigación Preparatoria, y seguramente la menor ya declaró en camara Gesel y evaluación psicológica, si no cuenta con medios económicos, vaya al Centro Emergencia Mujer del lugar donde vive, y ahi le brindaran un abogado que la asesore; la desfloración antigua no tiene nada que ver, para ello está la declaración de la menor y otros medios de prueba que van a ser corroborados. Tiene que ir a la Fiscalía y pedir una copia de toda la carpeta fiscal para consultarla con un abogado.

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