Artículo 3.- La enumeración de los derechos establecidos en este capítulo no excluye los demás que la Constitución garantiza, ni otros de naturaleza análoga o que se fundan en la dignidad del hombre, o en los principios de soberanía del pueblo, del Estado democrático de derecho y de la forma republicana de gobierno.
Modificaciones:
Este artículo no ha sido modificado desde su publicación en el diario oficial El Peruano.
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Jurisprudencia:
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