Artículo 147.- Para ser Magistrado de la Corte Suprema se requiere:
1. Ser peruano de nacimiento;
2. Ser ciudadano en ejercicio;
3. Ser mayor de cuarenta y cinco años;
4. Haber sido magistrado de la Corte Superior o Fiscal Superior durante diez años, o haber ejercido la abogacía o la cátedra universitaria en materia jurídica durante quince años.
Modificaciones:
Este artículo no ha sido modificado desde su publicación en el diario oficial El Peruano.
→ Revise la Constitución Política del Perú completa aquí.
Jurisprudencia:
0 comentarios