RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 1046-2024-MP-FN
Lima, 22 de abril de 2024
VISTOS:
El Informe Nº 41-2024-MP-FN-DE-UE011-CFE-SMB, de fecha 10 de abril de 2024; el Informe Nº 56-2024-MP-FN-DE-UE011-CFE-AFP, de fecha 16 de abril de 2024; los oficios Nos, 223 y 239-2024-MP-FN-DE-UE011-CFE, de la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora 011 Carpeta Fiscal Electrónica; el Oficio Nº 986-2024-MP-FN-GG-OGTI-ORECOM, de fecha 18 de abril de 2024, de la Oficina de Redes y Comunicaciones; el Oficio Nº 980-2024-MP-FN-GG-OGTI, de fecha 19 de abril de 2024, de la Oficina General de Tecnologías de la Información; el Informe Nº 332-2024-MP-FN-OGASEJ, de fecha 19 de abril de 2024, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Oficio Nº 0510 -2024-MP-FN-GG, de fecha 22 de abril de 2024, de la Gerencia General, y;
CONSIDERANDO:
En el artículo 1 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, se señala que el Ministerio Público es un organismo público autónomo e independiente que tiene entre sus funciones principales, la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos, así como velar por la moral pública y la persecución del delito.
Con fecha 9 de agosto de 2019, el Banco Interamericano de Desarrollo y la República del Perú suscribieron el Contrato de Préstamo Nº 4959/OC-PE para la implementación del Programa de Mejoramiento de los Servicios de Justicia en Materia Penal en el Perú, el cual viene siendo ejecutado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Poder Judicial y Ministerio Público a través de sus respectivas unidades ejecutoras, habiéndose declarado viable el Proyecto de Preinversión Mejoramiento de los Servicios de Justicia a través de la Implementación de la Carpeta Fiscal Distrito con CUI Nº 2457517; proyecto comprendido en el Componente I: Aumento de la eficiencia del SAJP a través de los medios tecnológicos, que tiene definido el desarrollo de seis productos con los que se logrará el objetivo central.
Conforme con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, la misma tiene por objeto establecer el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno; lo cual guarda concordancia con el Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1412, normas que se encuentran vigentes.
Con el Informe Nº 41-2024-MP-FN-DE-UE011-CFE-SMB, se pone en conocimiento de la Dirección Ejecutiva de la UE 011 Carpeta Fiscal Electrónica que se ha culminado las actividades definidas en el cronograma técnico, y se informa que las adecuaciones en los componentes se encuentran listos para el pase a producción, motivo por el cual se presente como propuesta solicitar la formalización de la implementación del piloto de la Casilla Fiscal Electrónica en el distrito fiscal de Lima Noroeste, basado en lo definido por el equipo de trabajo (Acta Nº 6).
Con el Oficio Nº 223-2024-MP-FN-DE-UE011-CFE, la Unidad Ejecutora 011 Carpeta Fiscal Electrónica pone en conocimiento que viene desarrollando el software compuesto por los módulos de Mesa de Partes, Expediente Fiscal Electrónico y Notificaciones, en el marco del Programa de Mejoramiento del Sistema de Administración de Justicia en Materia Penal en el Perú; por lo que, se advierte que se viene desarrollando el software que permita optimizar el proceso de notificación a nivel del generador de notificaciones y citaciones, central de notificaciones y principalmente en la implementación de la Casilla Fiscal Electrónica. Lo expuesto requiere contar con una sede fiscal piloto en la cual se ponga en marcha dicha implementación. Para ello, indica que se coordinó la designación como piloto al distrito fiscal de Lima Noroeste; por lo que, solicita que se realice las gestiones que permitan aprobar la propuesta que formalice la designación del distrito fiscal de Lima Noroeste como piloto para la implementación de la Casilla Fiscal Electrónica desarrollada por la Unidad Ejecutora 011 Carpeta Fiscal Electrónica.
Con el Oficio Nº 239-2024-MP-FN-DE-UE011-CFE, la Unidad Ejecutora 011 Carpeta Fiscal Electrónica remite el Informe Nº 56-2024-MP-FN-DE-UE011-CFE-AFP, que contiene el cronograma de capacitación y las actividades a realizar para el despliegue y puesta en marcha del piloto en el distrito fiscal de Lima Noroeste.
Mediante el Oficio Nº 986-2024-MP-FN-GG-OGTI-ORECOM, la Oficina de Redes y Comunicaciones pone en conocimiento de la Oficina General de Tecnologías de la Información que: a) todas las sedes del distrito fiscal de Lima Noroeste cuentan con línea dedicada con el servicio de internet y conexión a la sede principal (sitio en la avenida Abancay, Lima), y que los servicios no presentan saturación; b) la Unidad Ejecutora 011 refiere que solo se requiere del servicio de internet para que los usuarios puedan utilizar el piloto de la Casilla Fiscal Electrónica en el distrito fiscal de Lima Noroeste; y c) se realizó una revisión técnica a nivel de conectividad de todas las sedes del distrito fiscal de Lima Noroeste, en relación con la saturación del ancho de banda, y se indica que ninguna tiene saturación, se cuenta con el servicio de internet a través de la línea dedicada y es técnicamente factible iniciar el piloto en dicho distrito fiscal.
Con el Oficio Nº 980-2024-MP-FN-GG-OGTI, la Oficina General de Tecnologías de la Información comunica que las oficinas especializadas bajo su cargo dan opinión favorable para el despliegue del piloto de la Casilla Fiscal Electrónica en Lima Noroeste, por lo tanto, es viable el requerimiento solicitado por la Unidad Ejecutora 011 – Carpeta Fiscal Electrónica. Asimismo, adjunta el Informe Nº 25-2024-MP-FN-JTR-GG-OGT-OSIS, con el cual la Oficina de Sistemas opina que es factible inicio de Piloto en distrito fiscal de Lima Noroeste y con relación al cronograma sugiere que se indique en el cuadro de actividades cuando finalizará el piloto en Lima Noroeste”.
Mediante el Informe Nº 332-2024-MP-FN-OGASEJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable formalizar el Plan Piloto para la Implementación de la Casilla Fiscal Electrónica en el Distrito Fiscal de Lima Noroeste, y expresa que la propuesta es beneficiosa para nuestra institución y el Decreto Supremo Nº 029-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1412.
Estando a la propuesta de la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora 011 Carpeta Fiscal Electrónica, y con los vistos de la Gerencia General, Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora 011 Carpeta Fiscal Electrónica, Oficina General de Tecnologías de la Información y la Oficina General de Asesoría Jurídica; de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Piloto “Casilla Fiscal Electrónica” en el distrito fiscal de Lima Noroeste, que se ejecutará desde el 24 de abril al 31 de mayo de 2024.
Artículo Segundo.- Disponer la vigencia transitoria de los artículos 27 al 35 del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones entre Autoridades, aprobado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5476-2014-MP-FN, y modificado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1023-2024-MP-FN, en el distrito fiscal de Lima Noroeste, durante el plazo de ejecución del Piloto que con el artículo primero de la presente resolución se aprueba.
Artículo Tercero.- Disponer que la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de Lima Noroeste adopte las medidas administrativas pertinentes y necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución.
Artículo Cuarto.- Disponer que la Unidad Ejecutora 011 Carpeta Fiscal Electrónica brinde el soporte técnico necesario y oportuno al distrito fiscal de Lima Noroeste, para el adecuado funcionamiento del Piloto “Casilla Fiscal Electrónica”; debiendo informar a la Oficina General de Tecnologías de la Información, en un periodo semanal, sobre el desarrollo de la ejecución del Piloto, aprobado mediante el artículo primero.
Artículo Quinto.- Disponer que la Oficina General de Tecnologías de la Información supervise y garantice que los aportes formulados por el distrito fiscal de Lima Noroeste hayan sido recogidos por la Unidad Ejecutora 011 Carpeta Fiscal Electrónica. Asimismo, previo al término de ejecución del citado piloto, emita informe conforme a lo previsto en el artículo octavo de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1023-2024-MP-FN, y brinde soporte técnico permanente al citado distrito fiscal para garantizar el correcto funcionamiento de la Casilla Fiscal Electrónica después de concluido el referido piloto.
Artículo Sexto.- Encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información y a la Oficina de Imagen Institucional la publicación y difusión de la presente resolución, en la intranet y en la página web de la institución.
Artículo Séptimo.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Gerencia General, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora 011 Carpeta Fiscal Electrónica, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Oficina General de Tecnologías de la Información, Oficina General de Asesoría Jurídica, Oficina de Archivo y Trámite Documentario, para conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
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