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Urgente: Congreso promulga ley que crea la Comisión Especial Multipartidaria para la elaboración de un Nuevo Código Penal [Ley 32310]

Ley crea una Comisión Especial Multipartidaria encargada de elaborar un nuevo Código Penal actualizado, utilizando los trabajos previos disponibles en el Congreso. Estará integrada por representantes de la Comisión de Justicia y de cada grupo parlamentario, y contará con apoyo técnico obligatorio de instituciones como el Poder Judicial y el Ministerio Público. El anteproyecto debe entregarse antes de concluir el periodo parlamentario 2021-2026 y será presentado a la Comisión de Justicia para su dictamen.

Aunque la propuesta fue observada por el Ejecutivo, el Congreso aprobó por insistencia con 74 votos a favor, 26 en contra y una abstención la Ley 32310, ley que crea la Comisión Especial Multipartidaria encargada de elaborar un nuevo Código Penal.

Esta comisión estará conformada por un congresista designado por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, quien la presidirá, y un representante de cada grupo parlamentario. Asimismo, el Poder Judicial, el Ministerio Público, el Ministerio de Justicia y otras instituciones involucradas se encuentran obligadas a cooperar con dicha comisión.

Además, se contempla que el plazo de entrega del anteproyecto no debe exceder del Periodo Parlamentario 2021-2026.

Al respecto, el presidente de la Comisión de Justicia, Isaac Mita Alanoca (Perú Libre), aseguró que la comisión coordinará con diversas instituciones del sistema de justicia y recogerá aportes de especialistas en derecho penal.


LEY 32310

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE CREA LA COMISIÓN ESPECIAL MULTIPARTIDARIA ENCARGADA DE ELABORAR UN NUEVO CÓDIGO PENAL ACTUALIZADO RECOGIENDO EL TRABAJO EXISTENTE DE LAS COMISIONES ANTERIORES

Artículo 1. Creación de la Comisión Especial Multipartidaria

Se crea la Comisión Especial denominada Comisión Especial Multipartidaria encargada de elaborar un Nuevo Código Penal actualizado recogiendo el trabajo existente de las comisiones anteriores, trabajos que están disponibles en el repositorio del Congreso de la República.

Artículo 2. Atribuciones de la Comisión Especial Multipartidaria

La Comisión Especial Multipartidaria tiene la atribución de coordinar con los diversos sectores, o instituciones involucrados o personas que tuvieran interés en hacer conocer sus opiniones o sugerencias sobre la materia relacionada.

Artículo 3. Conformación de la Comisión Especial Multipartidaria

3.1 La Comisión Especial Multipartidaria se conforma por los siguientes miembros:

a) Un congresista representante elegido por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, quien lo preside.

b) Un congresista representante de cada grupo parlamentario.

3.2 La Comisión Especial Multipartidaria cuenta con un secretario técnico que es designado por su presidente.

3.3 El Poder Judicial, el Ministerio Público, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y demás instituciones involucradas se encuentran obligadas a cooperar con dicha comisión.

Artículo 4. Plazo de entrega del anteproyecto

El plazo para que la Comisión Especial Multipartidaria cumpla con la entrega del trabajo encomendado no debe exceder del Periodo Parlamentario 2021-2026. El plazo se computa a partir de la entrada en vigor de la presente ley.

Artículo 5. Presentación del anteproyecto

La Comisión Especial Multipartidaria pone a disposición de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República el anteproyecto para su dictamen y aprobación.

Artículo 6. Presupuesto

Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente ley son con cargo al presupuesto del Congreso de la República.

POR TANTO:

Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el día trece de diciembre de dos mil veinticuatro, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los veinticinco días del mes de abril de dos mil veinticinco.

EDUARDO SALHUANA CAVIDES
Presidente del Congreso de la República

CARMEN PATRICIA JUÁREZ GALLEGOS
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

Descargue la Ley 32310 completa aquí

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