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Oratoria jurídica: ¿cómo influyen las emociones en una audiencia oral?

Ejerce también influencia en la emoción oratoria la gravedad e importancia del pleito o causa.

Cómo citar: Majada, A. (1962). Oratoria forense. Segunda Edición. Barcelona: Casa Editorial Bosch, pp. 156-159.


Factores influyentes de la emoción oratoria

La emoción oratoria depende de diversos factores; nos referiremos a los más importantes.

Si se suponen invariables circunstancias, tales como dificultad de la causa, grado jurisdiccional del auditorio, etc., no hay duda que el orador está impresionado cuando hace uso por primera vez de la palabra ante el Juez o Tribunal. El solo hecho de hablar por primera vez en su carrera, constituye un factor emocional nada despreciable. Ha de considerarse que el profesional jurídico, sea Abogado o Fiscal, viste ante los jueces la severa toga en una experiencia primaria, hasta entonces no vivida.

OSSORIO y GALLARDO relata que temblaba como una hoja la primera vez que se vio obligado a hablar en público, y Jiménez Asúa describe así el comienzo de su primera clase como profesor auxiliar de Derecho penal en la Universidad de Madrid: “se entraba al estrado por una pequeña puerta y se ascendía a él por una pequeña escalera, oculta a los alumnos por la propia mampara; al subir aquellos escasos peldaños era tal mi terror que no pude tenerme en pie: los salvé caminando como un cuadrúpedo”.

Algunos se creen obligados a mencionar esta circunstancia. Suele empezarse con el consabido exordio de “Sean las primeras palabras de mi informe para dirigir un saludo a los dignísimos Sres. Magistrados, al actuar por primera vez ante este Tribunal, etc.”. Se estima que así se obtiene cierta benevolencia de los jueces, tanto para salvar los múltiples lunares oratorios del primer informe, como respecto a la misma tesis jurídica defendida. La advertencia al Juez o Tribunal de que se trata de su primera actuación en estrados, hecha en su discurso por el propio orador, no deja de tener alguna tradición; su origen histórico se encuentra en la época en que los Abogados eran recibidos en las Audiencias. No obstante, su utilidad es muy discutible, puesto que semejante indicación en nada alivia la dificultad emocional del orador primerizo, ni menos se ha de pensar que por el solo hecho de serlo los jueces han de inclinarse de algún modo hacia la tesis sostenida por él.

Ejerce también influencia en la emoción oratoria la gravedad e importancia del pleito o causa. No será idéntica la alteración fisiológica inherente a la actuación en pleito civil o mercantil, donde el orador defiende por lo general intereses meramente patrimoniales, que la relativa a una causa criminal, donde suelen entrar en juego, además, la libertad y el honor de una persona. Dentro de cada una de estas especialidades se presentan matices, como sería la diferenciación entre un pleito civil, donde se toma la palabra para discutir una intranscendente reclamación, y aquel otro de notable importancia económica, donde se halla afectado el patrimonio entero de una familia. En las causas criminales, no será lo mismo defender de unas injurias leves que hacerlo frente a una grave petición acusatoria, cuando se medita que en algún grado depende de las palabras del orador la libertad y hasta la vida de una persona. La distinta posición jurídica en los tribunales no deja de influir en la emoción oratoria, como sería el caso de aquel Abogado avezado en la defensa, pero que interviene por primera vez en estrados como acusador, bien al lado del Ministerio público o solo (por ejemplo, según la legislación procesal española, en acusación por delito de adulterio).

También se ha de tomar en consideración el distinto grado jurisdiccional del Tribunal. El factor emocional, varía según que el orador dirija la palabra a un Juez único o al Tribunal de apelación. También ha de decirse que Abogados experimentados vuelven a sufrir una intensa emoción oratoria, aunque tengan práctica profesional, cuando han de informar por primera vez ante la Corte de Casación, el Tribunal Supremo o el más alto tribunal de la nación; su ritual solemnidad, el mayor número de sus miembros, lo excepcional de sus funciones revisorias o de casación, son factores todos que contribuyen a aumentar la emoción oratoria.

Informar ante Tribunal distinto de aquellos en que se ejerce la actividad predominante del orador, influye igualmente en la sensibilidad oratoria. Así sucede cuando el Abogado civilista habla por primera vez ante el Tribunal de lo criminal, o bien si se concurre ante Tribunales de trabajo, eclesiásticos, etc., cuando su competencia no corresponde al ámbito donde suele actuar normalmente el orador.

Entre otros factores influyentes en la emoción oratoria, insiste Pulido en la inseguridad de la memoria:

Ahora bien, aunque todo acto público, por sólo su condición de tal, produzca siempre grande y tenaz emoción… cabe asegurar que quizás, entre otras causas, la más poderosa y frecuente de la emoción del orador es la inseguridad de la memoria; teme que le falte, y, en su consecuencia, llegar a turbarse; quiere repasar el discurso antes de pronunciarlo, y cuando advierte que gran parte de él lo tiene anegado por el olvido, como flujo de un mar cuando cubre gran parte de quebrada y pedregosa orilla, se alarma, desconfía y aparece entonces la emoción hiposténica, con todo el cortejo de sus ya referidas consecuencias.

Durante el informe, además del momentáneo fallo de la memoria, de que ya nos ocuparemos en otro lugar, han de mencionarse otros factores. La observación del auditorio preferente, que es el Juez o Tribunal, en ocasiones llevará al ánimo del orador motivos de desasosiego:

Por esto el orador, como una actriz histérica, vive pendiente de los actos del público, y no cesa de preguntarse algo que incumbe a su vanidad o a su decoro: ¿Hay indicaciones que revelan el interés que despierta su palabra? ¿Están atentos a lo que escuchan? ¿Por qué se mueven? ¿Qué ruido es ese que se percibe? ¿Se aburre aquel oyente que mueve la cabeza? ¿Por qué se sonríen aquellos otros dos? ¿Acaso se mofan de algo que advierten en el orador?… Y así, mientras el cerebro va hilando esa delicada función, que tantas energías requiere, el ánimo recibe sin tregua una descarga de impresiones.

Por último, sobre interrupciones y advertencias del Juez o Presidente del Tribunal, así como del Ministerio Fiscal, nos remitimos a la cuarta parte de esta obra (véase el apartado VI, La improvisación, epígrafe 3, Las circunstancias imprevistas en el Foro).

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