👉 NUEVO: «DIPLOMADO EN DERECHO DE SUCESIONES Y ACTUALIZACIÓN JURISPRUDENCIAL EN MATERIA DE FAMILIA».
Inicio: 19 de noviembre. Más información aquí o escríbenos al wsp 
👉 NUEVO: «DIPLOMADO EN PROCESAL PENAL, LITIGACIÓN ORAL Y REDACCIÓN DE DOCUMENTOS PENALES».
Inicio: 2 de diciembre. Más información aquí o escríbenos al wsp 
👉 NUEVO: «DIPLOMADO EN DERECHO LABORAL PÚBLICO: CAS, LEY SERVIR, DL 728 Y DL 276».
Inicio: 14 de diciembre. Más información aquí o escríbenos al wsp 

Error de tipo. Bien explicado con ejemplos

1. Introducción; 2. Tipicidad y atipicidad; 3. Error de tipo; 3.1 Error de tipo vencible; 3.2 Error de tipo invencible; 3.3 Error sobre el objeto de la acción; 3.4 Error sobre la relación de causalidad; 3.5 Error en el golpe; 4. Conclusiones

1. Introducción

Acorde con la Real Academia Española, el término error significa “concepto equivocado o juicio falso”[1]. Es necesario abordar el tema del error bajo la concepción jurídico-penal, pues si se logra determinar que el agente se encontraba en una situación de desconocimiento, se podrá “excluir o atenuar la culpabilidad del acusado y, con ello, la responsabilidad”[2].

2. Tipicidad y atipicidad

García Cavero citando a Beling, señala que la tipicidad debe ser entendida como una “categoría descriptiva o valorativamente neutral”[3] que constituye la definición de un comportamiento que la ley considera delito (Expediente 00002-2021-PI/TC, fundamente diecinueve).

Por otro lado, la atipicidad supone la exclusión de un hecho ilícito debido a la falta de adecuación de la conducta desplegada por el agente en el tipo penal. Sin cambios: Por otro lado, la atipicidad supone la exclusión de un hecho ilícito debido a la falta de adecuación de la conducta desplegada por el agente en el tipo penal.

El error de tipo se analiza dentro del elemento de tipicidad, específicamente, en la imputación subjetiva, atendiendo a que la conducta desplegada por el agente vulnera objetivamente la norma pero por una situación de desconocimiento de alguno de los elementos del tipo[4].

3. Error de tipo

El error de tipo se encuentra regulado en el artículo 14 del Código Penal y recae sobre los elementos que conforman el tipo bajo el siguiente tenor: Sin cambios: El error de tipo se encuentra regulado en el artículo 14 del Código Penal y recae sobre los elementos que conforman el tipo bajo el siguiente tenor:

El error sobre un elemento del tipo penal o respecto a una circunstancia que agrave la pena, si es invencible, excluye la responsabilidad o la agravación. Si fuere vencible, la infracción será castigada como culposa cuando se hallare prevista como tal en la ley.

Sin embargo, para probar la relevancia del error, el juzgador deberá atender a las circunstancias personales del sujeto, teniendo como punto de partida “las incumbencias de conocimiento que imponen al autor los roles jurídicamente atribuidos”[5].

Dicho error, tal como se encuentra estipulado en el Código Penal, recaerá sobre un elemento del tipo penal (aspecto típico de la conducta riesgosa), sobre el carácter prohibido del hecho o sobre una circunstancia agravante (circunstancia que cualifica la pena del delito)[6].

Debe distinguirse además entre los errores que recaen sobre el objeto de la acción (error in objecto vel in persona), error sobre la relación de causalidad y error en el golpe (aberratio ictus).

3.1 Error de tipo vencible

El error de tipo es vencible si se determina que el agente hubiese podido “darse cuenta del defecto de apreciación en que incurría, es decir, es un error superable”, si es que su actuación se hubiese encontrado dentro de los parámetros del debido cuidado.(Casación 2918-2017, Arequipa, fundamento octavo).

Así, la infracción será sancionada a título de culpa si es que se encuentra debidamente tipificada en la ley, en atención a que se sigue un sistema numerus clausus tal como se encuentra estipulado en el artículo 12 del Código Penal. Por lo tanto, en caso estemos frente a un delito de naturaleza dolosa, no podrá ser aplicable el error de tipo vencible.

Un ejemplo de error de tipo vencible fue desarrollado en la sentencia recaída en el Expediente 154-2017-0, en el que la Corte Superior de Justicia de la Libertad determinó que el imputado, acusado de destruir plantaciones de un terreno al no saber la delimitación exacta del predio, actúó en error de tipo vencible:

20. En el presente caso, la Sala Penal considera que el imputado actúo con error de tipo vencible, al no haber requerido la información exacta sobre la delimitación del predio colindante al de su madre, antes de proceder al corte de las plantaciones con el objeto de nivelar la carretera, por tanto, conforme al artículo 14º, primer párrafo del Código Penal al no existir una modalidad culposa prevista en la ley penal, no podrá ser reprimido como delito.

3.2 Error de tipo invencible

Estaremos frente a un error de tipo invencible cuando, pese a haberse aplicado la diligencia debida, el error no hubiera podido evitarse, motivo por el cual se excluye de responsabilidad al agente (Recurso de Nulidad 2186-2019, Lima Sur, fundamento cuarto).

A modo de ejemplo, en el Recurso de Nulidad 3451-2015, Lima Norte, la Corte Suprema analiza el caso de una acusada por tráfico ilícito de droga, señalando que tanto a nivel de instrucción y juicio oral se tiene que;

DÉCIMO SEGUNDO: (…) esta no niega haber remitido la mercadería incautada en los ambientes del área de encomienda internacional SERPOST S.A., (que resultó ser clorhidrato de cocaína) que debido al grado de confianza que tenía con el acusado Francisco Marín Ruzafa y que además este no contaba con sus documentos (conforme lo hemos expresado párrafos arriba), es que dicha procesada efectuó los envíos, por lo que a criterio de este Supremo Tribunal, no resulta pasible de sanción penal, ya que, los hechos sub examine se configuran en un «error de tipo invencible (…) debido a que desconocía uno de los elementos que integran el tipo objetivo, esto es, que los tres adornos de cerámica contenían droga (clorhidrato de cocaína).

3.3 Error sobre objeto de la acción (error in objecto vel in persona)

El sujeto pasivo del delito y el objeto material no siempre coincidirán. En este tipo de error, el agente confunde el objeto sobre el que recae la conducta.

Será irrelevante “la cualidad del objeto o de la persona sobre los que recae la acción”[7] si es que estos no hacen que se modifique la subsunción de la conducta en un tipo penal. A modo de ejemplo, “A” se apodera del celular de “B” que creía propiedad de “C”.

Sin embargo, deberá verificarse en cada caso si la cualidad del objeto determina la subsunción de la conducta en un tipo distinto.

Por ejemplo, si A decide ponerle fin a la vida de un extraño pero termina disparándole a su madre, el error excluirá el dolo respecto al delito de parricidio, pero no respecto al delito de homicidio simple. De igual manera,  si A “dispara contra un perro y alcanza a su dueño”[8].

3.4 Error sobre la relación de causalidad 

Bajo una primera mirada, las “desviaciones inesenciales o que no afectan la producción del resultado querido por el autor son irrelevantes[9]. Por ejemplo, “A” golpea a “B” y lo deja gravemente herido. Luego de dos días “B” fallece como consecuencia de la gravedad de las lesiones.

Sin embargo, es menester resaltar que deberá verificarse cada caso en concreto, pues un resultado puede producirse por acciones ajenas al autor. Utilizando parte del ejemplo anterior, “B” podría encontrarse gravemente herido en el hospital pero fallecer como consecuencia de una inyección letal que le administró “C”. En este último caso podría imputársele a “A” el haber realizado un hecho en grado de tentativa.

3.5 Error en el golpe (aberratio ictus)

En este caso el agente yerra en la ejecución de la acción.

En el Recurso de Nulidad N° 866-2018-Lima, la Corte Suprema cita el ejemplo de Felipe Villavicencio (2017) cuando este plantea que un ejemplo para este tipo de error es cuando “A” quiere matar a “B” y “contra él apunta su arma, pero apunta mal o el aparato de puntería del arma es defectuoso, de tal manera que mata a un tercero que se encontraba cerca (…)”.

4. Conclusiones

En el error de tipo se analiza en el elemento de tipicidad, específicamente, en la imputación subjetiva, y su consecuencia principal es la exclusión del dolo.

Si se trata de un error de tipo vencible, se podrá sancionar al agente a título de culpa solo si la conducta se encuentra debidamente tipificada en la ley. Por otro lado, en caso se trate de un error de tipo invencible se excluye la responsabilidad del agente.

En el caso del error sobre el objeto de la acción, el agente confunde el objeto sobre el que recae la conducta. En cuanto al error sobre la relación de causalidad, deberá verificarse si el resultado se produjo por causas ajenas al autor o si estamos frente a una desviación inesencial que no afectó la producción del resultado. Finalmente, estarmos frente a un error en el golpe si se comprueba que el agente yerra en la ejecución de la acción.


[1] Diccionario de la lengua español. (s/f). Consultado el 18 de abril de 2023: https://dle.rae.es/error Sin cambios: [1] Diccionario de la lengua español. (s/f). Consultado el 18 de abril de 2023: https://dle.rae.es/error

[2] Diccionario panispánico del español jurídico. (s/f). Consultado el 18 de abril de 2023: https://dpej.rae.es/lema/error

[3] García Cavero, P. (2019). Derecho Penal – Parte General. (3ª ed). Ideas Solución Editorial. p.391

[4] García Cavero, P. (2019). Derecho Penal – Parte General. (3ª ed). Ideas Solución Editorial. p 541

[5] García Cavero, P. (2019). Derecho Penal – Parte General. (3ª ed). Ideas Solución Editorial. p 546

[6] Ibídem

[7] Muñoz Conde, F. (1990). Teoría general del delito. Editorial Temis. p 59

[8] Ibídem

[9] Ibídem

(*) Escribe: Giuliana Iglesias Spelucin, Bachiller en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP).

3 Comentarios

  1. Excelente explicación. Solo faltaba un video para completar.

  2. Muchas gracias, claro, preciso y concreto

  3. Excelente información, con ejemplos reales.

Enviar un comentario

Pin It on Pinterest

0
    0
    Tu pedido
    Tu carrito esta vacíoVolver a la tienda
      Calculate Shipping
      Aplicar cupón