👉 NUEVO: «DIPLOMADO EN PROCESAL PENAL, LITIGACIÓN ORAL Y REDACCIÓN DE DOCUMENTOS PENALES».
Inicio: 2 de diciembre. Más información aquí o escríbenos al wsp
👉 NUEVO: «DIPLOMADO EN DERECHO LABORAL PÚBLICO: CAS, LEY SERVIR, DL 728 Y DL 276».
Inicio: 14 de diciembre. Más información aquí o escríbenos al wsp 
👉 NUEVO: «DIPLOMADO DE REDACCIÓN PENAL, POLICIAL Y ADMINISTRATIVA».
Inicio: 3 de enero. Más información aquí o escríbenos al wsp
👉 NUEVO: «DIPLOMADO EN PROCESAL CIVIL, LITIGACIÓN ORAL Y REDACCIÓN DE DEMANDAS».
Inicio: 20 de enero. Más información aquí o escríbenos al wsp

¿Trabajas en periodos 4×3, 14×7 o 12×9? Conoce todo sobre las jornadas atípicas o acumulativas

Sumilla: 1. ¿En qué consiste una jornada atípica o acumulativa?; 2. ¿En qué casos se puede aplicar?; 2.1. ¿qué tipo de actividades podrían considerarse como de naturaleza especial?; 3. ¿Qué jornadas atípicas están prohibidas?; 4. Jornada atípica en días feriados; 5. Preguntas frecuentes; 5.1 Si el trabajador tiene una jornada atípica y cesa finalizado su ciclo trabajado, pero no ha hecho efectivo de su descanso, ¿Debe recibir algún monto relativo al descanso no gozado?; 5.2 ¿Si el trabajador es suspendido sin goce haber durante su ciclo de trabajo?

Comunes en el sector minero e hidrocarburos, pero muy incomprendidas en la forma de gestionar su cálculo. Miles de trabajadores en el Perú laboran dentro de las jornadas atípicas; sin embargo, la complejidad de la institución hace difícil la cabal comprensión de sus derechos laborales. En este sentido, el presente artículo procurará el desarrollo integral y básico de la jornada laboral atípica en el Perú.

1. ¿En qué consiste una jornada atípica o acumulativa?

Para comprender esta modalidad de la jornada de trabajo, definamos primeramente qué es una jornada laboral, es aquel número de horas donde el trabajador está a disposición del empleador en un centro de trabajo u operaciones, que obligatoriamente no puede exceder las 48 horas semanales.

En este sentido, una jornada laboral atípica puede consistir en:

1. Ampliar el número de horas de la jornada diaria de trabajo por encima de las 8 horas inclusive, de modo que se reduzca el número de días de la jornada semanal y hayan más días de descanso:

Por ejemplo, en el régimen de 4×3, se labora 12 horas por día durante 4 días y se descansa 3 días, después del cual se retoma el siguiente período de labor.

2. Ampliar tanto el número de horas de la jornada diaria como el número de días de trabajo, inclusive por encima de la jornada semanal, acumulando los correspondientes días de descanso:

Por ejemplo, en el régimen de 14×7, se labora 14 días continuos de trabajo con 12 horas diarias de labor, por 7 días de descanso, después del cual se retoma el siguiente período de labor

2. ¿En qué casos se puede aplicar?

Para que se pueda aplicar esta jornada excepcional se requiere que la naturaleza de la actividad empresarial sea especial (situación indispensable para la producción) y que no podrá exceder los límites previstos de 48 horas semanales.

Se puede pactar que el tiempo de traslado hacia al centro de labores forme parte del tiempo de trabajo, así como el traslado de retorno forme parte del tiempo de descanso.

2.1. ¿Qué tipo de actividades podrían considerarse como de naturaleza especial?

El Informe 3-2013-MTPE/2/14, emitido por la Dirección General de Trabajo del Ministerio del Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), señala que para que la naturaleza de la actividad empresarial sea especial, debe entenderse que el régimen de jornada atípica resulta indispensable para su producción; asimismo, la naturaleza especial debe ser justificada suficientemente —en base a criterios técnicos— por parte del empleador.

Estas situaciones se encuentran en campamentos petroleros o mineros, faenas de pesca, y en un sinnúmero de situaciones que, por producirse en sitios alejados de los centros poblados y en situaciones de aislamiento, en los que el trabajador debe invertir tiempo excesivo en el traslado o personal embarcado.

3. ¿Qué jornadas atípicas están prohibidas?

La regla general es que toda jornada “atípica” que supere las 48 horas en una semana, las 96 horas en dos semanas o las 144 en tres semanas se encuentra prohibida, por lo que los estas modalidades no están permitidas en el Perú:

1. De 14 días de trabajo con 12 horas diarias por 7 días de descanso (14 x 7). En este supuesto el total de horas laboradas sería 168 superando el máximo permitido que son de 144 horas. Por tanto, existirían un total de 24 horas fuera de lo permitido legalmente. [Exp. 4635-2004-AA/TC]

2. De 24 días de trabajo con 10 horas diarias por 7 días de descanso (24 x 7). Este régimen laboral atípico supera el tope máximo, pues el total de horas laboradas sería de 240, por lo que existe un total de 96 horas fuera del tope máximo permitido constitucional o legalmente.

3. De 12 días de trabajo con 13 horas diarias por 9 días de descanso (12 x 9). Este sistema tiene un total de horas laboradas de 156, vale decir, existiría un total de 12 horas fuera del tope máximo permitido constitucional o legalmente.

4. Jornada atípica en días feriados

El empleador está obligado a otorgar un descanso sustitutorio, que de acuerdo con el Tribunal de Fiscalización Laboral debe constar por escrito y no tratarse de un acuerdo genérico. [Resolución 001-2021-Sunafil/TFL-Primera Sala]

En este supuesto, si el empleador no otorga el descanso sustitutorio está en la obligación de pagar dos remuneraciones diarias adicionales por el feriado laborado a favor del trabajador.

De lo contrario, se debe pagar la sobretasa del 100% de acuerdo al artículo 9 del Decreto Legislativo 713.

5. Preguntas frecuentes

5.1 Si el trabajador tiene una jornada atípica y cesa finalizado su ciclo trabajado, pero no ha hecho efectivo de su descanso, ¿debe recibir algún monto relativo al descanso no gozado?

En estos casos, el trabajo en feriados o en días de descanso semanal obligatorio que no fue compensado al no haber existido días de descanso pagado, debe ser pagado al momento de su liquidación. Otra alternativa es que el cese se produzca cuando culminen sus días de descanso.

5.2 ¿Si el trabajador es suspendido sin goce haber durante su ciclo de trabajo?

En estos casos, los días de suspensión ya no contarán para calcular el descanso compensatorio.



6. Bibliografía:

FERRO, V. (2019). Derecho Individual del trabajo en el Perú. Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Católica del Perú.

SÁNCHEZ, C. (2013). Informe N2-2013-MTPE/2/14. Dirección General de Trabajo del Ministerio del Trabajo y Promoción del Empleo.

18 Comentarios

  1. BUENAS TARDES UNA CONSULTA SOBRE JORNADA ATIPICA.

    LABORO EN UNA EMPRESA CUYA MODALIDAD ES EL 14X7 (14 DIAS DE TRABAJO POR 7 DE DESCANSO) DE ESOS 14 DIAS . 7 DIAS SON DE TURNO DIA DE 8 A 20 HORAS Y 7 DIAS SON DE TURNO NOCHE QUE SON DE 20 A 8 HORAS. EN AMBAS CON UN HORARIO DE REFIRGERIA DE UNA HORA PERO QUE NO SE SI SE CONSIDERE O NO DENTRO DE LAS 12 HORAS PORQUE NO SALIMOS A NINGUN LADO SINO QUE LOS ALIMENTOS SE CONSUMEN AQUI MISMO YA QUE NOS ENCONTRAMOS TODOS FUERA DE LA CIUDAD , TENIENDO EN CUENTA ESO SI CONSIDERAMOS ESO SERIA (14X12=168 HORAS) Y SI SOLO CONSIDERAMOS LAS 11 HORAS DESCONTANDO LA DE REFRIGERIO SERIA (14X11=154 HORAS) EN AMBAS SUPERAN LAS 144 HORAS, Y CREO QUE EN LA SEMANAL HAY UNA FORMULA QUE ES LA DE (14 DIAS X11 HORAS/3 SEMANAS=51.3) QUE TAMBIEN SUPERA LAS 48 HORAS SEMANALES QUE DEBERÍAMOS RECLAMAR EN ESE CASO SI ES QUE ES CORRECTO EL PLANETEO.

    • Agradeceré una respuesta a esta inquietud

  2. Trabajo en jornada de 14*7 12 horas diarias. cuando salgo de vacaciones legales por 30 dias al regreso de las mimas debo comenzar de nuevo 14 dias de trabajo ´para ´poder gozar de los 7 dias libres o puedo ingresar en el turno que corresponde segun el rol?

    • Buenos días, si un trabajador es cesado, teniendo días libres por tomar generados a partir de una régimen 14 x 7, como se calcularia su pago?

    • Que pasa si en la jornada atipica del 14*7, por motivos netamente laborales se trabaja mas de los 14 dias, como corresponde el descanzo o la compensacion economica

  3. Hola, que pasa para los trabajadores en régimen atípico con cargo de confianza o no fiscalizable, aplica también el pago de feriados?

  4. Buenos días, trabajo en una empresa de régimen 30 x 10 de 12 horas diarias, no quieren pagar feriados porque me dijeron que los feriados no aplican para el régimen atípico. y si me paso mis 30 dias igual me quieren pagar 10 dias, a parte hay personal que trabaja 6 x 1 igual 12 horas, todos incluso mayormente hacemos mas horas de las 12 y no se reconocen esas horas laboradas.

  5. Trabajo 14 por 7 pero el dia siete estamos obligados a viajar de retorno en el bus de la empresadeberian pagarnos el dia siete de nuestro descanso?

  6. Solicito ,saber las horas atípicas de jornada laboral, cual de ellos me conviene

  7. Tabajo en una empresa del rubro petrolero en Perú, soy trabajdor de campo, es decir laboro en campamento petrolero (en la selva peruana). Trabajo bajo un regimen atípico: trabajo 30 dias continuos en campo con una jornada diaria de 12 horas (es decir 360 horas acumuladas en forma continua), luego viajo a Lima a decansar 10 día continuos. Luego viajo a la selva y se repite el ciclo.

    Esto es legal en Perú ?…y si no es legal, que podría hacer para que se corrija esto ?

    Saludos y gracias

  8. Hasta 1999 tenía un horario de trabajo de séptimo dia,trabajaba descansando primero un martes,la siguiente semana descansaba miércoles y así cuando llegaba domingo descansaba domingo y lunes,pero la empresa para quitarnos el beneficio del séptimo día a partir del 2000 hasta ahora nos hace descansar 4 semanas martes,bajamos a descansar lunes 4 semanas y de ahí descansamos domingo 5 semanas,para bajar 4 semanas a descansar sábado y viernes 4…

    Cuando descansamos el último lunes en esa semana descansamos domingo.
    Es válido descansar dos días esa semana,es artimaña de la empresa.es una empresa minera.

  9. Tengo la misma consulta:
    Trabajo en jornada de 14*7 12 horas diarias. cuando salgo de vacaciones legales por 30 días al regreso de las mimas debo comenzar de nuevo 14 días de trabajo ´para ´poder gozar de los 7 días libres o puedo ingresar en el turno que corresponde según el rol?

  10. trabajo en una jornada nominal de 24 x7, sin embargo se hace trabajo efectivo de lunes a sabado durante 9.5 horas diarias equivale a 57 horas semanales adicionales a 3 dias * 9.5, haciendo un total de 57 *3 +3*9.5 = 179.5 horas y luego nos dan 7 días de descanso. ¡es legal o ilegal esta jornada?.

  11. Buenas noches, trabajo de vigilante en una empresa inmobiliaria fuera de la ciudad de Huaral, el horario es de 20 dias de trabajo de 12 horas x 10 dias de descanso, el calculo que me explicaron es el siguiente: 20 x 12hrs = 240 hrs, 240hrs / 30 dias = 8hrs diarias, es correcto este planteamiento, de no ser asi, como puedo reclamar

  12. Buenos dias, pertenecemos a PETROLERA TRANSOCEANICA ;con SITPETRANSO “PUDIMOS” lograr el régimen 4 meses trabajados x 1 mes descanso y en otras provincias del litoral costero en 7 meses x 1 mes y la EMPRESA NO CUMPLE ESTE REGIMEN.

  13. 5.1 Si el trabajador tiene una jornada atípica y cesa finalizado su ciclo trabajado, pero no ha hecho efectivo de su descanso, ¿debe recibir algún monto relativo al descanso no gozado?
    En estos casos, el trabajo en feriados o en días de descanso semanal obligatorio que no fue compensado al no haber existido días de descanso pagado, debe ser pagado al momento de su liquidación. Otra alternativa es que el cese se produzca cuando culminen sus días de descanso. – DONDE PUEDO ENCONTRAR JURISPRUDENCIA DE ESTE PUNTO?

  14. Si el trabajador tiene una jornada atípica y cesa finalizado su ciclo trabajado, pero no ha hecho efectivo de su descanso, ¿debe recibir algún monto relativo al descanso no gozado?
    En estos casos, el trabajo en feriados o en días de descanso semanal obligatorio que no fue compensado al no haber existido días de descanso pagado, debe ser pagado al momento de su liquidación. Otra alternativa es que el cese se produzca cuando culminen sus días de descanso. – DONDE PUEDO ENCONTRAR JURISPRUDENCIA DE ESTE PUNTO?

Enviar un comentario

Pin It on Pinterest

0
    0
    Tu pedido
    Tu carrito esta vacíoVolver a la tienda
      Calculate Shipping
      Aplicar cupón