El Ministerio Público dirigió esta tarde la detención de Pedro Castillo Terrones, por el presunto delito de rebelión, regulado en el artículo 346 del Código Penal, por quebrantar el orden constitucional.
La diligencia se llevó a cabo en la Prefectura de Lima y fue supervisada por la fiscal de la Nación, Patricia Benavides Vargas.
Estuvieron a cargo del procedimiento de detención, el fiscal adjunto supremo Marco Huamán Muñoz, del Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales de la Fiscalía de la Nación; y la fiscal superior Marita Barreto Rivera, del Equipo Especial Contra la Corrupción del Poder.
Como parte de la diligencia, se dispuso realizar al detenido el reconocimiento médico legal sobre su estado de salud actual, a cargo del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público.
Diligencias preliminares
La Fiscalía de la Nación dispuso iniciar diligencias preliminares en contra de Pedro Castillo por la presunta comisión del delito contra los poderes del Estado y orden constitucional en la modalidad de rebelión y, alternativamente, en la modalidad de conspiración (art. 349 CP), en agravio del Estado.
En el caso del delito de rebelión la pena es entre diez y veinte años de cárcel.
Artículo 346.- Rebelión
El que se alza en armas para variar la forma de gobierno, deponer al gobierno legalmente constituido o suprimir o modificar el régimen constitucional, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de diez ni mayor de veinte años.
Artículo 349.- Conspiración para una rebelión, sedición o motín
El que toma parte en una conspiración de dos o más personas para cometer delitos de rebelión, sedición o motín, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de la mitad del máximo de la señalada para el delito que se trataba de perpetrar.
Pronunciamiento
Previamente, Benavides Vargas leyó un pronunciamiento de la Junta de Fiscales Supremos, órgano de gobierno de mayor jerarquía del Ministerio Público, en el que expresaron su rechazo al quebrantamiento del orden constitucional y anunciaron la adopción de las acciones legales correspondientes.
“Condenamos el quebrantamiento del orden constitucional. La Constitución Política del Perú consagra la separación de poderes y establece que el Perú es una república democrática y soberana (…) Ninguna autoridad puede ponerse por encima de la Constitución y debe cumplir sus mandatos constitucionales”, señaló el comunicado.
Castillo Terrones fue destituido la Presidencia de la República por el pleno del Congreso de la República, horas después que éste anunciará en un mensaje que disponía la disolución del Congreso y la reorganización del Poder Judicial, el Ministerio Público, Junta Nacional de Justicia y el Tribunal Constitucional.
Cabe indicar que en octubre pasado, fue denunciado por la Fiscalía de la Nación por dirigir una presunta organización criminal enquistada en el Gobierno, cuyo finalidad era copar, controlar y direccionar procesos de contratación en diferentes estamentos del Estado para obtener ganancias ilícitas.
La Fiscalía de la Nación dispone iniciar diligencias preliminares contra Pedro Castillo, en su condición de Presidente, por presunta comisión del delito contra los Poderes del Estado y Orden Constitucional, modalidad de rebelión, en agravio del Estado (art. 346° del Código Penal) pic.twitter.com/tuNyEOP8SJ
— Ministerio Público (@FiscaliaPeru) December 8, 2022
Fuente: Ministerio Público.
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